Resolución N° 5727/17
Nro de Expediente:
2017-6410-98-001220
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
18/12/2017


Tema:
FRACCIONAMIENTO

Resumen:
Aprobar el fraccionamiento del padrón Nº 425990, e incorporar a Suelo Urbano la fracción 1 de dicho padrón, ubicado en Camino Pichincha y Camino Brunel según Plano de Mensura y Fraccionamiento, Carpeta Catastral Nº 8829, del Ing. Agrim. Gabriel Barreiro Cassinelli, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F.-

Montevideo, 18 de Diciembre de 2017.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones referidas a la solicitud de aprobación del fraccionamiento del predio empadronado con el Nº 425990, ubicado en Camino Pichincha y Camino Brunel, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F;
          RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) se trata de la solicitud de fraccionamiento del padrón Nº 425990, ubicado con frente a Camino Pichincha y Camino Brunel;
          b) el citado padrón se encuentra ubicado en el Sector Nº 10 al Norte de Camino Carrasco - Atributo Potencialmente Transformable con programa de actuación urbanística aprobado por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 29.471 de fecha 17 de mayo de 2001 y su modificativa;
          c) se solicita la aprobación del fraccionamiento indicado, condicionado a que la fracción 1 pase a Suelo Urbano, ya que el área mínima de predio en suelo suburbano es de 3 hectáreas;
          d) se generaron 2 fracciones para el padrón:
          - Fracción 1, con un área de 5668,78m2;
          - Fracción 2, con un área de 12 há 8900,22m2;
          e) la aprobación del presente fraccionamiento llevaría a un cambio de tipo de suelo para la fracción Nº 1, por lo que correspondería la aplicación del artículo D.223.40 del Volumen IV del Digesto (régimen especifico);
          2º) que la Unidad de Gestión Territorial informa que los propietarios del padrón Nº 425990 han efectuado el pago del Precio Compensatorio por concepto de Mayor Aprovechamiento;
          CONSIDERANDO: 1º) lo establecido en el Art. D.223.40 del Volumen IV del Digesto;
          2º) que la División Planificación Territorial comparte lo informado y promueve el dictado de resolución que apruebe el fraccionamiento del padrón Nº 425990 y el pasaje a Suelo Urbano de la fracción 1 del referido fraccionamiento, según Plano de Mensura y Fraccionamiento, Carpeta Catastral Nº 8829, del Ing. Agrim. Gabriel Barreiro Cassinelli;
          3º) que el Departamento de Planificación entiende que corresponde dictar resolución en el sentido indicado;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º. Aprobar el fraccionamiento del predio empadronado con el Nº 425990, Sector Nº 10 Norte de Camino Carrasco, ubicado en Camino Pichincha y Camino Brunel, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 9, Municipio F, de acuerdo al siguiente detalle:
        - Fracción 1, con un área de 5668,78 m2 ;
        - Fracción 2, con un área de 12 há 8900,22 m2, según Plano de Mensura y Fraccionamiento, Carpeta Catastral Nº 8829, del Ing. Agrim. Gabriel Barreiro Cassinelli, incorporado a obrados.-
        2º. Incorporar a Suelo Urbano la fracción 1 del predio empadronado con el Nº 425990.-
        3º. Comuníquese al Departamento de Desarrollo Urbano, al Municipio F, a la División Planificación Territorial, a los Servicios de Escribanía y Centro Comunal Zonal Nº 9 y pase al Servicio de Regulación Territorial.-
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-