Resolución N° 1147/99
Nro de Expediente:
4112-010684-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/4/1999


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir fábrica de pastas Avda. Gral. Flores Nos. 2762/72

Montevideo, 5 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: que La Especialista S.A. solicita regularizar el establecimiento destinado a fábrica de pastas con estacionamiento techado y a cielo abierto, sito con frente a la Avda. Gral. Flores Nos. 2762/72;
        RESULTANDO: 1º) que el referido establecimiento fue autorizado, según Resolución Interna N° 1.788/91 del 8/X/91, con un área edificada de 977 m2, en los predios empadronados con los Nos. 84.956 y 84.957 con un área de 669.50 m2;
        2º) que por el presente se declara utilizar los predios empadronados con los Nos. 84.956, 84.957, 85.192, 85.213 y 85.218, con una superficie de terreno de 1.589 m2, un área edificada de 2.866 ;
        3º) que la Comisión creada por Decreto Departamental N° 26.348 del 26/V/94 no tiene inconvenientes en acceder a lo solicitado, condicionado a que se construya una vivienda en el entrepiso con entrada independiente desde la vía pública en sustitución de la que se ha demolido;
        4º) que la propietaria ha asumido el compromiso de construir una vivienda, que será destinada al portero de la empresa, según consta a fs. 74 del expediente N° 4112-010684-98;
        5º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 87 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter precario y revocable, la ampliación del establecimiento destinado a fábrica de pastas con estacionamiento techado y a cielo abierto, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 84.956, 84.957, 85.192, 85.213 y 85.218, sitos con frentes a la Avda. Gral. Flores Nos. 2762/72, propiedad de La Especialista S.A.-
        2º.- Autorizar la prosecución del trámite administrativo condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán realizarse dentro del predio;
        c) no se trabaje fuera de la jornada legal diurna de ocho horas de labor;
        d) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se produzcan en el futuro ampliaciones de ningún tipo en las características del establecimiento;
        f) se construya una vivienda como sustitución de la demolida y
        g) la interesada dispone de un plazo de tres meses para presentar la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona Nº 3 y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-