Resolución N° 768/07
Nro de Expediente:
5220-003687-07
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
5/3/2007


Tema:
PROYECTOS DE DECRETOS

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, Proyecto de Decreto para aplicar una multa de U.R. 108 al Sr. Mario Varela, propietario del establecimiento destinado a autopartes, ubicado en Dr. Martín C. Martínez 3144, por violación de clausura.-

Montevideo, 5 de Marzo de 2007.-
 
          VISTO: que por Resolución N° 248/04/3000, de 26/3/04, de la Directora General del Departamento de Descentralización en ejercicio de facultades delegadas, se dispuso clausurar el establecimiento destinado a autopartes, propiedad del Sr. Mario Varela, C.I. 1.159.949-6, ubicado en Dr. Martín C. Martínez 3144, con igual domicilio a los efectos legales;
          RESULTANDO: 1o.) que dicha clausura fue motivada debido a que, el propietario del local de referencia pese al tiempo transcurrido, a las intimaciones efectuadas y a las multas aplicadas, no procedió a presentar las habilitaciones correspondientes para el normal funcionamiento;
          2o.) que por Orden de Servicio N° 333700, de 27/11/06, se procedió a realizar una inspección al mencionado comercio encontrándose abierto al público, violando la clausura dispuesta en su oportunidad;
          3o.) que por tal motivo y dado que el propietario en cuestión es un contumaz infractor, la Unidad de Clausuras del Servicio Central de Inspección General solicita la aplicación de una multa de U.R. 108, por infracción a lo dispuesto por el art. 24 del Decreto N° 21.626, de 28/4/84, Régimen Punitivo Municipal vigente;
          4o.) que la Dirección del Servicio eleva las actuaciones a los fines solicitados;
          CONSIDERANDO: 1o.) que en aplicación a lo preceptuado por Resolución N° 477/87, de 22/1/87, ratificada por Resolución N° 2.244/94, de 5/VII/94, para las multas comprendidas entre U.R. 70 y U.R. 210, corresponde previo a su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Comunal, quien deberá otorgarla por mayoría absoluta de votos de sus integrantes;
          2o.) que el Decreto N° 23.708, de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución N° 8.752/87, de 28/IX/87, fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta los máximos autorizados por las disposiciones vigentes en la materia;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, el siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para imponer una multa de U.R. 108 (Unidades Reajustables ciento ocho), al Sr. Mario Varela, C.I. 1.159.949-6, propietario del establecimiento destinado a autopartes, ubicado en Dr. Martín C. Martínez 3144, con igual domicilio a los efectos legales, por infracción al art. 24 del Decreto N° 21.626, de 23/4/84, Régimen Punitivo Municipal vigente.-
          Artículo 2o.- Comuníquese.-
          2.- Comuníquese a los Servicios Central de Inspección General, Centro Comunal Zonal N° 3 y remítase, sin más trámite, a la Junta Departamental de Montevideo.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal .-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-