Resolución N° 728/08
Nro de Expediente:
2230-009958-06
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
18/2/2008


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se declara exonerada a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Primaria, al amparo de lo dispuesto por los Arts. 31o. del Decreto No. 11.812 y 55o. del Decreto No. 14.436 los cuales fueron reiterados posteriormente en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90, del pago de la Tasa de Conservación de Alcantarillado que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 31.748 (cta. cte. 2235668), por el período enero de 1981 hasta enero de 1996 y de la Tasa General Municipal (cta. cte. 745916) por el período marzo de 1981 hasta agosto de 1993 y a partir de julio de 2003 y mientras el bien se mantenga en el patrimonio de ANEP.

Montevideo, 18 de Febrero de 2008.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Primaria, solicitando exoneración del pago de tributos domiciliarios que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 31.748, ubicado en Bvar. Artigas No. 520;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa que ANEP se encuentra comprendida en la exoneración tributaria establecida en el Art. 31o. del Decreto No. 11.812 y en el Art. 55o. del Decreto No. 14.436, los cuales fueron reiterados posteriormente en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90;
        2o.) que en consecuencia procede declarar exonerada a ANEP, del pago de la Tasa de Conservación de Alcantarillado del inmueble empadronado con el No. 31.748 (cta. cte. 2235668) por el período enero 1981 a enero de 1996, dejando de percibir la Comuna la suma total aproximada de $ 675,00 y de la Tasa General Municipal (cta. cte. 745916) por el período marzo de 1981 hasta agosto de 1993 y desde julio de 2003 y mientras el bien se mantenga en el patrimonio de ANEP, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma aproximada de $ 3.996,00;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Primaria, al amparo de lo dispuesto por los Arts. 31o. del Decreto No. 11.812 y 55o. del Decreto No. 14.436 los cuales fueron reiterados posteriormente en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90, del pago de la Tasa de Conservación de Alcantarillado que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 31.748 (cta. cte. 2235668) ubicado en Bvar. Artigas No. 520, por el período enero de 1981 hasta enero de 1996, dejando de percibir la Comuna la suma total aproximada de $ 675,00.-
        2o.- Declarar exonerada a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) - Consejo de Educación Primaria, al amparo de lo dispuesto por los Arts. 31o. del Decreto No. 11.812 y 55o. del Decreto No. 14.436 los cuales fueron reiterados posteriormente en el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 de 10/12/90, del pago de la Tasa General Municipal (cta. cte. 745916) por el período marzo de 1981 hasta agosto de 1993 y a partir de julio de 2003 y mientras el bien se mantenga en el patrimonio de ANEP, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma aproximada de $ 3.996,00, debiendo comunicar a la IMM cualquier modificación de las condiciones que permite el otorgamiento del beneficio fiscal.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-