Resolución N° 387/17/5000
Nro de Expediente:
2017-2020-98-000057
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
25/4/2017


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se concede licencia extraordinaria sin goce de sueldo, a partir del 25 de abril de 2017 y por el termino de 1 mes, a la funcionaria Sra. Myriam Satriano quien se desempeña en el Servicio de Tesorería.-

Montevideo, 25 de Abril de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la funcionaria Sra. Myriam Satriano, quien se desempeña en el Servicio de Tesorería;
        RESULTANDO: 1º.) que solicita licencia extraordinaria sin goce de sueldo por 1 (un) mes a partir del 25 de abril de 2017, por motivos personales;
        2º.) que el Servicio de Tesorería y la División Planificación y Ejecución Presupuestal se manifiestan de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución autorizando licencia extraordinaria sin goce de sueldo por el período solicitado;
        2º.) las facultades delegadas por Resolución Nº 3249/15 de 9 de julio de 2015;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        GESTIÓN HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
        RESUELVE:
        1º.- Conceder licencia extraordinaria sin goce de sueldo, a partir del 25 de abril de 2017 y por el termino de 1 (un) mes, a la funcionaria Sra. Myriam Satriano, CI Nº 1.721.279, quien se desempeña en el Servicio de Tesorería.-
        2º.- Para que el reintegro se produzca antes del vencimiento de la licencia concedida bastará la presentación ante el Servicio de Tesorería mediante un acta en la que exprese la voluntad de interrumpir dicha licencia.-
        3º.- Tanto en este caso como en aquella circunstancia en que se produjera el vencimiento definitivo de la licencia extraordinaria concedida, el Servicio de Tesorería deberá comunicar de inmediato al Servicio de Administración de Gestión Humana, Unidad Información de Personal, la fecha del reintegro efectivo a fin de registrar la situación de ACTIVO APTO AL COBRO en el S.R.H. y la habilitación de los relojes para el registro de asistencia. La omisión de tal comunicación será considerada falta pasible de sanción.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Planificación y Ejecución Presupuestal, a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, de Liquidación de Haberes y de Tesorería, para la notificación correspondiente, a la Unidad Información de Personal y pase al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos.-

Eduardo BRENTA, Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales..-