Resolución N° 4631/99
Nro de Expediente:
4201-011187-99
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
6/12/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre esta Comuna y la Sra. Rita Contino, para la co-producción del espectáculo "Tardes Líricas".-

Montevideo, 6 de Diciembre de 1999.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Sra. Rita Contino, referente a la co-producción del espectáculo "Tardes Líricas";
      RESULTANDO: 1o.) que las partes contratantes convienen en continuar aunando esfuerzos públicos y privados al impulsar manifestaciones artísticas de calidad para disfrute de los ciudadanos y teniendo en cuenta que quienes llevan a cabo este tipo de espectáculos son artistas nacionales de reconocida trayectoria;
      2o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado de fs. 3 a 4 de estas actuaciones;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:

      1- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Sra. Rita Contino, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los----- días del mes de----- de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por ---- , en su calidad de ---- , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Sra. Rita Contino, C.I. Nº 1.108.204-5, con domicilio en la Avda. Italia Nº 2994, Apto. 601, quienes convienen lo siguiente: ANTECEDENTES:Es y ha sido política cultural de la IMM impulsar las diversas manifestaciones artísticas de calidad, tanto en su práctica como en su goce, en el entendido de que las mismas enriquecen la sensibilidad, promueven la sociabilidad y brindan diversión y disfrute a los ciudadanos y en particular tratándose de artistas nacionales de reconocida trayectoria. Entre esas manifestaciones recibimos la propuesta de la soprano Rita Contino para llevar a cabo el espectáculo "Tardes Líricas" el cual ya ha sido presentado con gran éxito. CLAUSULA PRIMERA-OBJETO: Es intención de ambas partes llevar adelante la realización del evento en la forma siguiente:
      2 (dos) actuaciones en el mes de octubre
      2 (dos) actuaciones en el mes de noviembre
      1 (una) actuación en el mes de diciembre
      3 (tres) actuaciones en el mes de marzo del 2000
      2 (dos) actuaciones en el mes de abril del 2000, contribuyendo a la amplia agenda cultural de la Ciudad de Montevideo, estando dispuesta la Sra. Rita Contino, a efectuar la inversión de riesgo y siendo de interés de la IMM la producción de espectáculos de estas características, las partes suscriben el presente acuerdo de co-producción.
      CLAUSULA SEGUNDA: La IMM se obliga a:
      a) Participar de dicho espectáculo a través del maestro Miguel Pose quien tendrá a su cargo la dirección general de tales eventos y de la Banda Sinfónica Municipal de Montevideo quien tomará parte del mismo con sus músicos, instrumentos, arreglos musicales, personal de apoyo, utilería (sillas y atriles) amplificación de audio y traslados de todo lo antedicho.
      b) Promocionar por sus medios habituales, la realización del evento, incluyendo a la soprano Sra. Rita Contino en toda la comunicación a tal fin.
      c) Incluir en los programas de mano a ser distribuidos entre el público, el logo que identifique la firma que esponsorice a la soprano Rita Contino.
      CLAUSULA TERCERA: La Sra. Rita Contino se obliga a:
      a) Su participación como soprano solista en dichos conciertos, afrontando todos los gastos que devengan de tal circunstancia, como ser cachets de ensayos y conciertos, traslados, etc.
      b) Acordar con la IMM , a través de la Banda Sinfónica Municipal (Maestro Miguel Pose) todo lo relativo a los aspectos artísticos.
      . CLAUSULA CUARTA: La recaudación por concepto de esponsorización será en su totalidad para la soprano Sra. Rita Contino a efectos de financiar su cachet. CLAUSULA QUINTA: Las Partes declaran su propósito de que en la ejecución de este convenio se actúa con espíritu de leal colaboración en interés mutuo, de modo que prevalezca un criterio de ágil adecuación a las circunstancias imperantes, procurándose mantener condiciones que permitan un resultado acorde a la importancia de este acuerdo.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Promoción y Acción Cultural, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a las Unidades Banda Sinfónica Municipal y de Convenios y pase al Departamento de Cultura para la suscripción del convenio de referencia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-