Resolución N° 4891/12
Nro de Expediente:
3280-003045-09
 
GESTION HUMANA Y RECURSOS MATERIALES
Fecha de Aprobación:
5/11/2012


Tema:
SUMARIOS

Resumen:
Se da por concluida la investigación administrativa dispuesta por Resolución Nº 717/09/5000, de fecha 18 de junio de 2009, y se Encomendar a la Unidad Sumarios, la instrucción de un sumario administrativo, sin suspensión preventiva, al funcionario Sr. Ricardo Aguiar.

Montevideo, 5 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la investigación administrativa dispuesta por Resolución Nº 717/09/5000, de fecha 18 de junio de 2009;
        RESULTANDO: 1º.) que la misma tuvo por objeto esclarecer la denuncia formulada por una particular ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7, en la que da cuenta que el personal encargado del alumbrado, se negó a reparar un foco por entender que el mismo era ilegal, ofreciéndose a repararlo en forma particular a cambio de una propina de $ 600,oo (pesos uruguayos seiscientos);
        2º.) que la Unidad Sumarios informa que el ofrecimiento habría sido realizado por el funcionario Sr. Ricardo Aguiar, quien en la diligencia del careo fue reconocido directamente por la denunciante;
        3º.) que la División Asesoría Jurídica, sugiere la clausura de la investigación administrativa y la instrucción de un sumario administrativo, sin suspensión preventiva al funcionario Sr. Aguiar, a efectos de otorgarle las máximas garantías;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales estima procedente dictar resolución en tal sentido;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.-Dar por concluida la investigación administrativa dispuesta por Resolución Nº 717/09/5000, de fecha 18 de junio de 2009.-
        2º.-Encomendar a la Unidad Sumarios, la instrucción de un sumario administrativo, sin suspensión preventiva, al funcionario Sr. Ricardo Aguiar, C.I. Nº 1.465.118., quien se desempeña en el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6, a fin de deslindar la responsabilidad administrativa que pudiere corresponderle en la conducta referida en la parte expositiva de la presente resolución.-
        3º.-Comuníquese al Municipio E; a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, Centro Comunal Zonal Nº 7 y 6, que notificará al funcionario; a la Unidad Información de Personal; y pase, por su orden, al Sector Despacho y a la Unidad Sumarios, a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-