Resolución N° 3672/12
Nro de Expediente:
2000-000785-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
31/8/2012


Tema:
EXONERACION - EDIFICACION INAPROPIADA

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a esta Intendencia a exonerar del 100% del impuesto a la Edificación Inapropiada a los inmuebles propiedad de la Cooperativa de Previsión Social, padrón No. 14.394 por los ejercicios 2010 y 2011 y padrón No. 14.409 por el período 2010 a 2012 inclusive ubicados en Av. Uruguay No. 1822 y Mercedes No. 1827 respectivamente y de las multas y recargos emergentes de dicha deuda, actualizando la misma por el Indice de Precios al Consumo (IPC), dejando de percibir esta Intendencia por las exoneraciones que se otorgan la suma total aproximada de $ 4:722.504,00.

Montevideo, 31 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: la gestión de la Cooperativa de Previsión Social, solicitando exoneración del impuesto a la Edificación Inapropiada y de las multas y recargos que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 14.409 y 14.394, ubicados en Av. Uruguay No. 1822 y Mercedes No. 1827 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante se encuentra en una difícil situación económica y financiera, a pesar de esto con mucho esfuerzo se dio cumplimiento a pagos y desalojo del inmueble ocupado por intrusos y se realizaron trabajos de limpieza y desinfección del edificio, destacando que existe un interesado en adquirir los referidos padrones con quien se firmó una promesa de compraventa, razón por la que se solicita dicha exención;
        2o.) que la División Administración de Ingresos informa que analizada la situación de los padrones de referencia, amerita el dictado de un Proyecto de Decreto exonerando del pago del 100% del impuesto a la Edificación Inapropiada al padrón No. 14.394 por los ejercicios 2010 y 2011 y del padrón No. 14.409 por el período 2010 a 2012, asimismo corresponde otorgar la exoneración de las multas y recargos actualizando la deuda por la evolución del Indice de Precios al Consuma (IPC), dejando de percibir esta Intendencia por las exoneraciones que se otorgan la suma total aproximada de $ 4:722.504,00;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente el envío de estas actuaciones a la Junta Departamental solicitando la facultad para exonerar del 100% del impuesto a la Edificación Inapropiada a los inmuebles padrón No. 14.394 por los ejercicios 2010 y 2011 y padrón No. 14.409 por los ejercicios 2010 a 2012, exonerando a ambos padrones del pago de las multas y recargos y actualizando la deuda por la evolución de Indice de Preciso al Consumo (IPC);
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a consideración del Legislativo Departamental el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo a exonerar del 100% (cien por ciento) del impuesto a la Edificación Inapropiada a los inmuebles propiedad de la Cooperativa de Previsión Social, padrón No. 14.394 por los ejercicios 2010 y 2011 y padrón No. 14.409 por el período 2010 a 2012 inclusive y de las multas y recargos emergentes de dicha deuda, actualizando la misma por el Indice de Precios al Consumo (IPC), dejando de percibir esta Intendencia por las exoneraciones que se otorgan la suma total aproximada de $ 4:722.504,00 (pesos uruguayos cuatro millones setecientos veintidos mil quinientos cuatro).-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-