Resolución N° 3467/07
Nro de Expediente:
3700-000888-07
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
11/9/2007


Tema:
MODIFICO CLAUSULA DE CONVENIO

Resumen:
Modificar la Cláusula SÉPTIMA del Convenio a suscribirse entre esta Intendencia Municipal y la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) -Consejo de Educación Primaria (CEP)-.-

Montevideo, 11 de Setiembre de 2007.-
 
      VISTO: la Resolución No. 3233/07, de fecha 27/VIII/07;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre esta Intendencia y la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) -Consejo de Educación Primaria (CEP)-, con el objeto de regular las condiciones en que se realizará por parte de esta Comuna la Obra de recuperación del anfiteatro de las Escuelas Nos. 219/274 (Experimental de Malvín), correspondiente a la Propuesta No. 20 presentada en el -Presupuesto Participativo Ciclo 2006- que fuera seleccionada por votación vecinal, como asimismo las contrapartidas propuestas;
      2o.) que en su Cláusula SEXTA se estableció que el contralor y seguimiento del mencionado instrumento estaría a cargo de la Junta Local de la Zona No. 7 y del Departamento de Cultura, a través del Programa Esquinas de la Cultura, a cuyos efectos se formaría una Comisión Administradora del Centro Cultural, y en su Cláusula SÉPTIMA -entre otros términos- que la referida Comisión sería integrada por representantes de las Comisiones de Fomento de las Escuelas de CEP, de la Junta Local de la Zona No. 7, del Concejo Vecinal, del Departamento de Cultura y de la Asociación Civil Mburucuyá;
      3o.) que la División Región Este promueve el dictado de resolución modificando la Cláusula SÉPTIMA, estableciendo que además de los mencionados en el Resultando 2o.), integrará la Comisión, CEP, manteniendo incambiados sus restantes términos;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General



      del Departamento de Descentralización se manifiesta de conformidad;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Modificar la Cláusula SÉPTIMA del Convenio a suscribirse entre esta Intendencia Municipal y la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) -Consejo de Educación Primaria (CEP)-, con el objeto de regular las condiciones en que se realizará por parte de Comuna la Obra de recuperación del anfiteatro de las Escuelas Nos. 219/274 (Experimental de Malvín), correspondiente a la Propuesta No. 20 presentada en el -Presupuesto Participativo Ciclo 2006- que fuera seleccionada por votación vecinal, como asimismo las contrapartidas propuestas, cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 3233/07, de fecha 27/VIII/07, estableciendo que la Comisión Administradora del Centro Cultural que tendrá a su cargo el contralor y seguimiento del convenio de que se trata, además de los mencionados designados, estará integrada también por un representante de CEP, manteniendo incambiados sus restantes términos.-
      2.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Cultura; a las Divisiones Comunicación y Región Este; a la Junta Local de la Zona No. 7; a los Servicios Unidad Central de Presupuesto y Centro Comunal Zonal No. 7; a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase a la Unidad de Planificación y Participación Descentralizada.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-