Resolución N° 12/13/6300
Nro de Expediente:
9079-014330-12
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
10/1/2013


Tema:
VIGENCIAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 350, al Sr. Manuel Tanoira, C.I. 1.101.742-0, en aplicación de los Arts. D.4021.3, D.4021.10, D.4021.11, D.4021.12, D.4021.14 y D.4021.15 del Volumen XV, "Planeamiento de la Edificación", del Cap. XII.I, del Digesto.

Montevideo, 10 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones referentes al depósito de gas licuado de petróleo (GLP) ubicado en la calle Paraguay No. 1120, dentro de los límites del Municipio B, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, cuyo titular es el Sr. Manuel Tanoira, C.I. No. 1.101.742-0;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 4978/12, de fecha 12 de noviembre de 2012, se solicitó anuencia a la Junta Departamental de Montevideo para la aplicación de una multa de U.R. 350 (unidades reajustables trescientas cincuenta);
        2o.) que por el Decreto No. 34.466, de fecha 6 de diciembre de 2012, la Junta Departamental de Montevideo facultó a la Intendencia de Montevideo, a aplicar una multa de U.R. 350 al Sr. Manuel Tanoira, C.I. 1.101.742-0, en aplicación de los Arts. D.4021.3, D.4021.10, D.4021.11, D.4021.12, D.4021.14 y D.4021.15 del Volumen XV, "Planeamiento de la Edificación", del Cap. XII.I, "Del Establecimiento y/o distribución de recipientes portátiles de gas licuado de petróleo (GLP), tanques estacionarios de GLP, instalaciones de envasado y/o recarga de recipientes o tanques con GLP, transporte de GLP en sus diversas formas", del Digesto;
        3o.) que por Resolución No. 16/13, de fecha 2 de enero de 2013, la Intendenta de Montevideo, promulgó el Decreto No. 34.466, remitiendo las actuaciones al Departamento de Desarrollo Ambiental;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se entiende oportuno otorgar la vigencia de la mencionada Resolución;
        2o.) que por Resolución No. 3089/10 de fecha 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo, delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se
        hubiesen promulgado por el Ejecutivo Comunal;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de U.R. 350 (unidades reajustables trescientas cincuenta) al Sr. Manuel Tanoira, C.I. 1.101.742-0, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y al Servicio de Gestión de Contribuyentes, cumplido, pase al Servicio de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental para la notificación de la empresa infractora.

Juan Canessa, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-