Resolución N° 135/10/2000
Nro de Expediente:
2230-000499-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/3/2010


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Primera Sociedad Eslovena Trasmurana de Montevideo", al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 51.127, por el período 2006 a 2009 inclusive.

Montevideo, 5 de Marzo de 2010.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil "Primera Sociedad Eslovena Trasmurana de Montevideo", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 51.127 ubicado en la calle Molinos de Raffo No. 897;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 2000 a 2005 inclusive, según Resolución No. 4120/05 de 12 de setiembre de 2005;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde al mencionado padrón un porcentaje de exoneración del 100%, al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2006, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 16.047,00;
        3o.) que la Asesora Profesional del Departamento de Recursos Financieros estima procedente propiciar el dictado de la resolución por la que disponga la exoneración del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble propiedad de la "Primera Sociedad Eslovena Trasmurana de Montevideo", por el período 2006 a 2009 inclusive, al amparo de lo establecido por el Art. 69o. de la Constitución en tanto su propio estatuto establece como primer objetivo el de difundir la cultura eslovena;
        4o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Primera Sociedad Eslovena Trasmurana de Montevideo", al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 51.127, ubicado en la calle Molinos de Raffo No. 897, por el período 2006 a 2009 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 16.047,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-