Resolución N° 3082/13
Nro de Expediente:
2000-000303-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
15/7/2013


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto para modificar el Art. 1 del Decreto Nº 34.564 de 4 de abril de 2013.

Montevideo, 15 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: la extensión del planteo realizado por el Banco Hipotecario del Uruguay respecto a la regularización de adeudos tributarios que mantiene con esta Intendencia respecto de inmuebles que han sido recuperados o adjudicados al Banco luego del incumplimiento en el pago de servicios;
        RESULTANDO: 1º) que por el Decreto Nº 34.564 de 4 de abril de 2013 se dispuso facultar a este ejecutivo a reliquidar en los términos que en él se establecen las deudas por concepto de precios y tributos departamentales inherentes a inmuebles recuperados por el BHU con anterioridad a la sanción de la Ley Nº 18.125 de 27 de abril de 2007, por la que se modifica la carta orgánica del Banco y se crea la ANV;
        2º) que dicha norma si bien contempla casi todos los inmuebles que se encuentran con dicha problemática, deja fuera otros, en los que se registra igual situación, pero cuyo recupero aún no se ha formalizado, pese a tratarse de en todos los casos de bienes hipotecados a favor del BHU o prometidos en venta por el BHU con anterioridad a la aprobación de la referida ley;
        3º) que el Departamento de Recursos Financieros expresa que podría accederse a lo solicitado solamente propiciando una modificación del Decreto Nº 34.564 de suerte de que éste resulte abarcativo de todos los inmuebles que hubieran sido hipotecados a favor del BHU o prometidos en venta por dicho Ente con anterioridad al 27 de abril de 2007;
        CONSIDERANDO: que una medida como la que se procura coadyuva a reinsertar en el mercado de viviendas a otro cúmulo de inmuebles y con ello a ingresarlos en la regularidad de pagos al Gobierno departamental;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración del Legislativo Departamental el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1°.- Modificar el Art. 1 del Decreto Nº 34.564 de 4 de abril de 2013 el que quedará redactado del a siguiente manera:
        Facúltase a la Intendencia de Montevideo, a reliquidar con aplicación de una multa del 10% (diez por ciento) y un recargo por mora del 1% (uno por ciento) mensual capitalizable, las deudas por concepto de tributos y precios departamentales, inherentes a inmuebles que habiendo sido hipotecados a favor del Banco Hipotecario del Uruguay o hayan sido prometidos en venta por dicho Ente con anterioridad al 27 de abril de 2007, éste recupere, ejecute extrajudicialmente o judicialmente o le sean adjudicados en vía judicial.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-