Resolución N° 3913/10
Nro de Expediente:
4149-004781-07
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
30/8/2010


Tema:
PROMULGACION DE DECRETOS

Resumen:
Decreto 33.494, se derogan los Decretos Nos. 26.056 y 26.307, de 16 de agosto de 1993 y 7 de abril de 1994, respectivamente, se aprueba el proyecto de fraccionamiento en veinte solares del Padrón No. 120.714, ubicado en la calle Teniente Galeano, entre Cábari y Azotea de Lima y se faculta a este Ejecutivo para enajenar los lotes resultantes, a los actuales ocupantes, conforme al siguiente detalle, estableciéndose que su forma de pago será en sesenta cuotas mensuales, iguales y consecutivas y para sustituir la titularidad de los derechos sobre los lotes resultantes del predio referido, en caso de renuncia expresa o tácita, siempre que se cumplan las condiciones exigibles para ser adjudicatarios.-

Montevideo, 30 de Agosto de 2010.-
 
        VISTO: el Decreto Nº 33.494 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 19 de agosto del año en curso, por el cual, de conformidad con la Resolución Nº 2566/10, de 14/6/10, se derogan los Decretos Nos. 26.056 y 26.307, de 16 de agosto de 1993 y 7 de abril de 1994, respectivamente, se aprueba el proyecto de fraccionamiento en veinte solares del Padrón No. 120.714, ubicado en la calle Teniente Galeano, entre Cábari y Azotea de Lima, según plano luciente a fs. 96 del expediente 4149-004781-07 y se faculta a este Ejecutivo para enajenar los lotes resultantes, a los actuales ocupantes, conforme al siguiente detalle, estableciéndose que su forma de pago será en sesenta cuotas mensuales, iguales y consecutivas y para sustituir la titularidad de los derechos sobre los lotes resultantes del predio referido, en caso de renuncia expresa o tácita, siempre que se cumplan las condiciones exigibles para ser adjudicatarios:
        LOTE Nº
        TITULAR
        C.I. Nº
        VALOR (U.R.)
        1
        Marta Beatriz Méndez Hernández
        1.471.999-2
        111,8100
        2
        Olga Renée González Leites
        Cirilo Cardozo Cortés
        3.372.800-9

        3.588.036-6
        112,1800
        3
        Beatriz Crudelli Alfonzo
        1.544.758-4
        114,1100
        4
        Ana Karen Villar Carreras
        Julio María Barreto
        3.563.785-4
        4.337.176-1
        121,1400
        5
        Olga Mirta Sosa Soria
        1.675.540-1
        129,3600
        6
        Shirley Patricia Rodríguez Sandoval
        3.817.679-2
        163,8800
        7
        Stella Maris Icardo Ayusto
        Nubia Esther Icardo Ayusto
        3.707.039-7
        2.920.077-0
        132,9000
        8
        Silvana María Rodríguez Gutiérrez
        4.005.144-3
        129,0400
        9
        Adelina Ferreira Dos Santos
        2.519.577-1
        120,8800
        10
        Mirtha Lilián Noble Romano
        1.690.623-8
        133,3000
        11
        Alicia María Giménez Bentancor
        2.853.612-6
        98,1000
        12
        Beatriz M. Rodríguez Caballero
        Carlos Daniel Arévalo
        1.471.496-4

        3.392.312-2
        116,2500
        13
        Sandra Elizabeth Silva Silva
        Jorge Eduardo Soca Dorao
        3.494.520-2

        2.900.070-4
        101,1300
        14
        Marina Elizabeth Oviedo
        Juan Carlos Farías
        1.373.930-1
        3.553.379-3
        180,9500
        15
        Marta Elizabeth Navarrete Candan
        1.794.010-2
        108,1600
        16
        Sonia Graciela Machín
        Jorge Oli Ribeiro Pedrozo
        1.860.541-2
        1.756.547-3
        141,2200
        17
        Elizabeth Janet Sosa Pizarro
        Juan Eduardo Olivera Carballido
        4.129.387-4

        3.377.052-9
        125,2600
        18
        Azucena Mabel Castillo Silva
        1.429.022-9
        120,8700
        19
        Lucía Cristina Gómez Pardo
        3.470.791-9
        116,9000
        20
        Alejandra Jacqueline Gómez Tor
        4.954.559-2
        140,0600
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        Promúlgase el Decreto Nº 33.494, sancionado el 19 de agosto de 2010; comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, al Municipio D, a la Asesoría Jurídica, al Equipo Técnico, Digesto y Normas, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 10, y pase, por su orden, al Sector Despacho -para su






        desglose e incorporación al Registro correspondiente- y al Departamento de Acondicionamiento Urbano a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-