Resolución N° 357/01/2000
Nro de Expediente:
2230-021977-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/4/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Club de Bochas Bage, del pago del 89% del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 75.252, desde el ejercicio 1998 hasta el ejercicio 2000 incluído y del pago del 63% de la Tasa General Municipal, al amparo del Decreto No. 26.949, desde el ejercicio 1998 hasta el ejercicio 2000 incluído.

Montevideo, 2 de Abril de 2001.-
 
        VISTO: la gestión iniciada por el Club de Bochas Bage, solicitando exoneración de pago de tributos municipales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 75.252, ubicado en la calle Carreras Nacionales No. 3786;
        RESULTANDO: 1º.) que a dicho padrón le corresponde un porcentaje de exoneración del 89% por concepto de Contribución Inmobiliaria y del 67% por concepto de Tasa General Municipal, desde el ejercicio 1998 a 2000 inclusive;
        2º.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la institución se encuentra incluida dentro de las exoneraciones previstas en el Dto. 25.074 de 25/7/1991 respecto de la Contribución Inmobiliaria y dentro del Dto. No. 26.949 de 14/12/95 y sus Reglamentación por Res. 1774/96 en cuanto a la Tasa General Municipal;
        CONSIDERANDO: que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa vigente, se está en condiciones de acceder a los beneficios fiscales solicitados;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Club de Bochas Bage, al amparo del Decreto Departamental No. 25.074 de 25 de julio de 1991, del pago del ochenta y nueve por ciento (89%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad, padrón No. 75.252, ubicado en la calle Carreras Nacionales No. 3786, desde el ejercicio 1998 hasta el ejercicio 2000 incluido.-

        2o.- Declarar exonerado al mencionado Club del pago del sesenta y siete por ciento (67%) de la Tasa General Municipal, al amparo del Decreto No. 26.949, de 14 de diciembre de 1995 y su reglamentación por Res. 1774/96, desde el ejercicio 1998 hasta el ejercicio 2000 incluido.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-