Resolución N° 932/08/4000
Nro de Expediente:
3220-006184-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
29/12/2008


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en el predio empadronado con el Nº 4.827, ubicado en las calles Cerro Largo Nos. 790/92 y Florida Nº 1563.-

Montevideo, 29 de Diciembre de 2008.-
 
        VISTO: el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en el predio empadronado con el Nº 4.827, ubicado en las calles Cerro Largo Nos. 790/92 y Florida Nº 1563;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) por Resolución Nº 306/08/4000 del 26/V/08, se dispuso impedir su funcionamiento, dado que no se registraban antecedentes de Permiso de Construcción presentado para el desarrollo del destino de estacionamiento abierto que funciona en el lugar; b) por Resolución Nº 390/08/4000 del 2/VII/08, se levantó, en forma provisoria, el impedimento para funcionar dispuesto, otorgando un plazo de 30 (treinta) días para su regularización y c) teniendo en cuenta que no se ha dado cumplimiento a lo intimado corresponde proceder a la clausuara del mismo;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones entiende que notificado el Sr. Ruben Roqueta de que ha vencido el plazo otorgado y no ha comenzado las gestiones tendientes a la autorización para el funcionamento del local, corresponde proceder a la clausura del establecimiento;
        2º) que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a estacionamiento, sito en el predio empadronado con el Nº 4.827, ubicado en las calles Cerro Largo Nos. 790/92 y Florida Nº 1563.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local correspondiente, al Servicio Central de Inspección General, para cumplimiento de lo dispuesto en el numeral que precede y pase al Servicio de Contralor de la Edificaciones.-

ARQ. LAURA METHOL, Directora General (I).-