Resolución N° 773/11/2500 | Nro de Expediente:
3230-002770-07 |
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL | Fecha de Aprobación:
3/11/2011 |
Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES
Resumen:
REHABILITAR PERMISO Y AUTORIZAR CAMBIO DE ESTRUCTURA DE TRYLER SR. DIONISIO SOSA
Montevideo, 3 de Noviembre de 2011.- |
VISTO: estas actuaciones relacionadas con la situación del permiso de explotación de un quiosco rodante ubicado en la calle Pablo de María esquina Luis Piera;
RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 387/11/2011, de 16 de junio de 2011 se dispuso la revocación del referido quiosco del cual era titular el Sr. Dionisio Sosa, por incumplimiento en el pago de sus obligaciones;
2o.) que la Unidad Gestión Comercial informa que de acuerdo a la documentación presentada el ex-permisario ha regularizado su situación de adeudos;
3o.) que, asimismo, de rehabilitarse el permiso, establece los requisitos a cumplir por el Sr. Sosa, así como los importes a abonar, de acuerdo a las nuevas medidas del trayler;
CONSIDERANDO: que en mérito a ello la División Promoción Económica eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución rehabilitando el permiso y la autorización del cambio de estructura;
EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
RESUELVE:
1.- Rehabilitar el permiso de explotación del quiosco rodante ubicado en la calle Pablo de María esquina Luis Piera, otorgado al Sr. DIONISIO SOSA, C.I. Nº 1.632.407-4, condicionado a los siguientes requisitos:
Deberá permanecer en el quiosco rodante no menos de 6 horas diarias, según Art. R.1209, Sección II, Capitulo I, Titulo III, Parte Reglamentaria, Libro X, Volumen X, Espacios Públicos.
Deberá mantener al día el pago de sus obligaciones (ocupación de espacio público y convenio), el no cumplimiento por dos meses consecutivos será causal de revocación definitiva.
Deberá mantener vigente la habilitación de Bromatológica, así como también una correcta higiene en el trayler.
2.- Autorizar al Sr. DIONISIO SOSA, C.I. Nº 1.632.407-4 a efectuar el cambio de estructura del Trayler, cuyo largo será de 5.30 metros, ancho 2.40 metros y alto 2.80 metros, de acuerdo a estas nuevas medidas, el permisario deberá dar abonar los importes correspondientes a la:
Zona 1 Categoría C
cuota mensual...............U.R. 7.5
cuota anual...................U.R. 20
Regirá para el permiso lo dispuesto en los Art. R.1184 al Art. R.1197.1 Capítulo I, "De los quioscos", Título III, "De las actividades en espacios públicos o de acceso al público" del Volumen X, del Digesto (Parte Reglamentaria) y demás normas vigentes.
3.- Comuníquese a la División Promoción Económica; al Servicio Central de Inspección General y pase a la Unidad Gestión Comercial para su notificación y demás efectos.
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SR. LUIS POLAKOF, Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.- |
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