Resolución N° 4882/03
Nro de Expediente:
4001-005918-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
24/11/2003


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal. modificando Cláusula Tercera literal a) convenio IMM-ANCAP_Verdera e Hijo S.R.L., pago U$S 140.000.-

Montevideo, 24 de Noviembre de 2003.-
 
        VISTO: que Verdera e Hijo S.R.L. propone el pago de lo acordado en el convenio suscrito el 8/XI/00 entre esta Intendencia Municipal, la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland y Verdera e Hijo S.R.L. a los efectos de permitir el traslado del puesto de venta de combustibles ubicado en Avda. Millán y Avda. Dr. Luis A. de Herrera al predio empadronado con el Nº 57.663, en 120 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de U$S 1.979;
        RESULTANDO: 1º) que por el literal a) de la Cláusula Tercera del referido convenio, aprobado por Decreto Departamental Nº 29.245 del 26/X/00, se obliga a Verdera e Hijo S.R.L. a contribuir con U$S 140.000 para dar solución a la situación de las familias ocupantes del predio Padrón Nº 57.662, dentro de las 48 horas de su desalojo;
        2º) que la propuesta es el resultado de las intimaciones efectuadas, correspondiendo destacar que la firma ha cumplido con la ejecución de las obras referidas en el literal b) de la Cláusula Tercera del referido convenio;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Modifícase el literal a) de la Cláusula Tercera del Convenio aprobado por Decreto Departamental Nº 29.245 del 26/X/00, autorizando a Verdera e Hijo S.R.L. a realizar el aporte establecido en 120 (ciento veinte) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de
        U$S 1.979 (mil novecientos setenta y nueve dólares americanos)
        .-
        Artículo 2°.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-