Resolución N° 507/00
Nro de Expediente:
4113-021669-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
7/2/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Autorizar condicionada continuación Permiso Construcción Nº 4113-021699-99 Avda. Gral. San Martín s/n.-

Montevideo, 7 de Febrero de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-021669-99 en su Fase A, se solicita autorización para la construcción de un conjunto de 50 viviendas en el predio ubicado en la Avda. Gral. San Martín s/n;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 1.666/99 del 10/V/99, se aprobó el plano de mensura y fraccionamiento del predio empadronado con el Nº 91.878 ubicado en el Sector Nº 6, Sur del Aeródromo Boiso Lanza, limitado por las Avda. Gral. San Martín y Pedro de Mendoza y los Cnos. Domingo Arena y Capitán Lacoste, estableciendo que el citado fraccionamiento en dos solares esta condicionado;
        2º) que la Sección Alineaciones informa que: a) la Unidad Central de Planificación Municipal considera razonable los retiros laterales y posteriores manejados en el proyecto y donde se cree conveniente adoptar la propuesta de ocupación del suelo indicada en gráficos a escala 1.200; b) el Numeral 3º inciso b) de la mencionada Resolución recoge expresiones del Asesor Arq. Pedro Mastrángelo que se comparte en el sentido que " las áreas requieren para su pasaje a área urbana, que la ordenación y urbanización de terreno se efectúen mediante la formulación previa de un Programa de Actuación Urbanística (PAU), aun indicando que el proyecto presentado contempla la totalidad de las determinaciones de un PAU (inciso c)"; c) para la aprobación del PAU, deben respetarse las disposiciones expresadas en el Art. 8 del Decreto Nº 28.242, en especial el inciso B "Modificación Cualificada" d) en tanto no se aprueba el PAU el predio y las fracciones resultantes están en régimen Rural (Art. 28 Decreto 28.242 POT) y e) el proyecto presentado propone un retiro frontal de 10 mts. en tanto rige para la zona un retiro frontal de 15 mts. por su carácter Rural;
        3º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones comparte lo expresado;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia dictar resolución autorizando la continuación de esta gestión con las afectaciones urbanísticas establecidas en el Literal d) de la Resolución Nº 1.666/99 del 10/V/99 que luce de fs. 22 a fs. 24 de estas actuaciones y en la presente propuesta, enviando estas actuaciones a la Unidad Central de Planificación Municipal para que gestione la modificación del Plan Montevideo, para la afectación del predio a zona urbana;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar, la continuación de la Fase A del Permiso de Construcción Nº 4113-021669-99 y la prosecución del trámite para la construcción de un conjunto de 50 viviendas en el predio ubicado en la Avda. Gral. San Martín s/n, Solar Nº 2, con las afectaciones urbanísticas establecidas en el Literal d) de la Resolución Nº 1.666/99 del 10/V/99 que luce de fs. 22 a fs. 24 de estas actuaciones y en la presente propuesta.-
        2º.- Establecer que la Unidad Central de Planificación Municipal hará la gestión para la modificación del Plan Montevideo, para la afectación del predio a zona urbana.-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para su transcripción a la autoridad local competente, de Recursos Financieros,

        a la Unidad Central de Planificación Municipal y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-