Resolución N° 1409/99
Nro de Expediente:
274963
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
23/4/1999


Tema:
PLAZOS

Resumen:
Se dispone que el cobro de la 2da. cuota del tributo de Patente de Rodados se efectúe a partir del 5 de mayo de 1999.-

Montevideo, 23 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: que en el mes de mayo de 1999 se iniciará el cobro de la 2da. cuota del tributo de Patente de Rodados, correspondiente al ejercicio 1999;
        RESULTANDO: que corresponde establecer la cronología a la cual deberán ajustarse los contribuyentes del premencionado tributo para hacer efectivo el pago;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que corresponde proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Disponer que el cobro del tributo de Patente de Rodados, correspondiente a la 2da. cuota del año 1999, se efectúe de acuerdo al detalle que se indica en los numerales siguientes.-
        2o.- La distribución de las facturas para los contribuyentes incorporados al sistema de cobranza descentralizada se realizará entre el 5 y el 19 de mayo de 1999.-
        3o.- Los contribuyentes que al 19 de mayo de 1999 no hubiesen recibido la factura, deberán retirar la misma en el Servicio de Atención al Contribuyente, disponiendo de plazo hasta el 28 de mayo de 1999, para no generar multas y recargos.-
        4o.- Los contribuyentes del tributo de Patente de Rodados que aún no han aportado dirección de envío para que le sea remitida la factura correspondiente, deberán proceder a su retiro en el Servicio de Atención al Contribuyente (Atrio Municipal - calle Soriano) del 4 al 11 de mayo de 1999, venciendo las mismas el 11 de mayo de 1999.-
        5o.- Los organismos públicos sujetos al pago del tributo de Patente de Rodados tendrán fecha de vencimiento el 28 de mayo de 1999.-
        6o.- Se faculta al Director General del Departamento de Recursos Financieros para establecer el calendario de vencimiento a que deberán atenerse las gestorías que tramiten pagos por cuenta y orden de contribuyentes por el sistema de legajos.-
        7o.- Comuníquese a la División Administración Fiscal, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones quien efectuará las publicaciones pertinentes, a los Servicios de Tesorería, Ingresos Vehiculares, Atención al Contribuyentes y Gestión de Cobro de Morosos, cumplido pase al Departamento de Recursos Financieros.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-