Resolución N° 298/10
Nro de Expediente:
5440-001834-09
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
25/1/2010


Tema:
PETICIONES

Resumen:
Se hace lugar a la petición presentada por la funcionaria Sra. María Inés Coll Bezón, tendiente a obtener la reliquidación del monto que le fue retenido para el pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).-

Montevideo, 25 de Enero de 2010.-
 
          VISTO: la petición formulada por la funcionaria Sra. María Inés Coll Bezón, C.I. No. 1.481.066, tendiente a obtener la reliquidación del monto que le fue retenido para el pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF);
          RESULTANDO: que la compareciente manifiesta que se incluyeron como materia gravada del IRPF doce días de licencia que no correspondían, pues se devengaron con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 18.083;
          CONSIDERANDO: 1o.) que de fs. 10 a 11, la Unidad Asesoría señala que asiste razón a la peticionante, por cuanto el Art. 113 de la Ley No. 18.083 establece que su vigencia es a partir del 1º de julio de 2007 y toda partida generada con anterioridad a dicha fecha, sin importar en qué momento fue efectivamente cobrada, no resulta alcanzada por el impuesto, en virtud de lo cual se sugiere acoger con carácter general el criterio sustentado por la gestionante, a cuyos efectos corresponde remitir estas actuaciones al Servicio de Liquidación de Haberes, para realizar la reliquidación respectiva
          2o.) que el Director (I) de la Asesoría Jurídica se manifiesta de conformidad con lo informado precedentemente;
          LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Hacer lugar a la petición presentada por la funcionaria Sra. María Inés Coll Bezón, C.I. No. 1.481.066-9, tendiente a obtener la reliquidación del monto que le fue retenido para el pago del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF).-

          2.- Pase al Servicio de Liquidación de Haberes para notificar a la interesada y realizar la reliquidación respectiva, de acuerdo a lo establecido en el Considerando 1o. de la presente Resolución.-
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I.).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-