Resolución N° 590/09/2500 | Nro de Expediente:
9063-003903-09 |
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL | Fecha de Aprobación:
24/11/2009 |
Tema:
TURISMO
Resumen:
APROBAR REGLAMENTO CARNAVAL DE LAS PROMESAS 2010
Montevideo, 24 de Noviembre de 2009.- |
VISTO: que la División Turismo se encuentra abocada a la organización del Concurso Oficial de Carnaval de Promesas 2010 "ÉLIDA "BEBA" MARTÍNEZ";
RESULTANDO: que se eleva para su aprobación, el Reglamento que regirá el Concurso mencionado;
CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3228/05 del 13 de julio de 2005, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, la facultad, entre otras, de aprobar la reglamentación de los diversos concursos, con comunicación inmediata al Sr. Intendente Municipal;
EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
RESUELVE:
1.- Aprobar el siguiente: REGLAMENTO CONCURSO OFICIAL CARNAVAL DE LAS PROMESAS 2010 “ÉLIDA “BEBA” MARTÍNEZ “
Capítulo I - De la Organización
Artículo 1º -
La División Turismo de la Intendencia Municipal de Montevideo, a través de la Unidad de Festejos y Espectáculos, promueve la realización del “Concurso Oficial de Agrupaciones Infantiles 2010 Carnaval de las Promesas” en adelante Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas.
El mismo comenzará con el Desfile Oficial a llevarse a cabo el día domingo 20 de diciembre de 2009 por la Avenida 18 de Julio desde la Plaza Independencia, hasta la Plaza Cagancha, continuará en el Teatro de Verano “Ramón Collazo”, desde el 26 de diciembre del 2009 hasta el 15 de enero del 2010 en un todo de acuerdo con lo estipulado en la presente reglamentación.
Las normas que regirán dicho Concurso, estarán encuadradas dentro de las disposiciones de la Constitución de la República, de las Leyes Nacionales y Decretos u Ordenanzas Municipales, especialmente en lo referente a la protección del menor.
La Administración del Concurso será responsabilidad de la Asociación de Directores del Carnaval de las Promesas, en adelante A.DI.CA.PRO.
En los días siguientes a la promulgación de los Fallos, la División Turismo organizará:
a) una Rueda de Triunfadores, la que se llevará a cabo en lugar a designar, de acuerdo a la disponibilidad de espacios municipales.
b) Una instancia de entrega de Menciones Especiales, que se realizará en lugar a definir. Capítulo II - Directores Responsables
Artículo 2º -
Director es la persona o personas, con dieciocho (18) años de edad cumplidos, que asumen la responsabilidad de cada agrupación, a los efectos de su presentación en el Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas efectuando su inscripción en los Registros la Unidad de Festejos y Espectáculos de la División Turismo.
Artículo 3º -
En caso de representar a Instituciones o Entidades con Personería Jurídica, el Director Responsable del conjunto deberá acreditar su condición de tal, pudiendo otorgar la División Turismo la autorización pertinente manteniendo la potestad de revocarla en caso de constatar cualquier tipo de anomalía, por infracción o incumplimiento de obligaciones, pudiendo la División actuar por sí o ante denuncia de terceros. Dichas Resoluciones serán notificadas a los interesados.
Capítulo III - La Propiedad de las Denominaciones Artículo 4º -
La denominación de las Agrupaciones pertenecerá a quién o quienes últimamente las hayan registrado, permitiéndose su transferencia temporal o definitiva de común acuerdo de las partes. Una vez presentada la solicitud de inscripción correspondiente, no se permitirá la transferencia del título durante ese año, aunque por causa justificada, se permitirá un agregado de propietarios mediante la oficialización ante A.DI.CA.PRO, por nota y firma del Presidente y Secretaría, conjuntamente con el Director responsable.
Artículo 5º -
Si se produjera la desaparición física del titular de la Agrupación, sus herederos
mediante la presentación de la documentación respectiva adquirirán plenos derechos para la
utilización o transferencia del título mediante la autorización de A.DI.CA.PRO y con la firma de un
Escribano público.
Artículo 6º -
Cuando los titulares de una agrupación sean dos (2) personas o más, y una de ellas negara la autorización correspondiente para su utilización, la misma no podrá ser usada hasta tanto no exista acuerdo.
Artículo 7º -
No se autorizará la utilización de denominaciones de conjuntos que tengan similitud con otros ya registrados y que puedan inducir a equívocos acerca de su identidad.
Artículo 8º -
En caso de cuestionamiento relativo a una denominación o su titularidad la División Turismo no autorizará la utilización del mismo hasta que se pronuncien los Organismos correspondientes de la Intendencia Municipal de Montevideo. Los reclamos que se realicen fuera de la órbita de la Intendencia Municipal de Montevideo no impedirán la utilización del título.
Capítulo IV - De la Inscripción
Artículo 9º -
Los interesados en participar en el Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas, deberán registrarse en la División Turismo, Unidad de Festejos y Espectáculos, mediante una solicitud de inscripción, indicando la categoría en la cual se desea intervenir y adjuntando los datos completos del Director Responsable (nombres y apellidos, domicilio, Cédula de Identidad) y autorización del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU),
Los conjuntos interesados en participar en este Concurso, podrán optar por los siguientes géneros: Sociedades de Negros y Lubolos, Revistas, Parodistas, Murgas, Humoristas o Escuelas de Samba.
El plazo de inscripción será: Desde el lunes 14 (catorce), al viernes 25 (veinticinco) de setiembre del año 2009, en la Unidad de Festejos y Espectáculos en el 3er. Piso del Palacio Municipal, en el horario de 12:30 a 17:30 horas.
Artículo 10º -
En el momento de la inscripción, cualquiera sea en la categoría que se desea intervenir, conjuntamente con la solicitud respectiva, los Directores Responsables de los Conjuntos deberán presentar los recaudos que se indican a continuación:
1) Certificado de Buena Conducta del o los Directores Responsables, expedido por la Jefatura de Policía de Montevideo, la que lo deberá remitir a la División Turismo.
2) Autorización por escrito de todos los padres o tutores de los menores que integran el Conjunto.
3) Un original y tres copias del repertorio en papel simple, escrito a máquina o computadora, de un solo lado de la hoja, debidamente foliado en los que deberán indicarse los nombres de los autores y la constancia del recibido expedida por el INAU, los que podrán ser presentados hasta el día 11 (once) de diciembre del año 2009.
4) Un juego de fichas personales, indicando los datos completos de los componentes especificando: nombre, cédula de identidad, y función que cumple en el conjunto, adjuntando fotocopias de las cédulas de identidad respectivas (frente y reverso). El personal técnico se registrará con Nombre y Apellido, Cédula de Identidad, especificando la tarea a realizar.
5) Documento que acredite la representación de una Institución, cuando se actúa en tal carácter.
6) Declaración jurada del Director, Letrista (todas las categorías), Músico (sólo Lubolos) que todo lo presentado sea inédito y no estando registrado hasta el momento de su representación por otros.
7) Aval de A.DI.CA.PRO
Podrán participar como componente de los distintos conjuntos en el Carnaval 2010 todos los niños y jóvenes que hayan nacido entre los años 1991 y 2004 inclusive.
El integrante registrado en dos (2) o más conjuntos, quedará automáticamente eliminado, no pudiendo actuar en ningún conjunto en dicha temporada.
No se permitirá que integrantes, fuera de la nómina presentada, actúen ya sean en off o grabaciones de ningún tipo. No se autorizará la presencia de animales en el escenario.
Se considerará como integrante del conjunto, a toda aquella persona que mediante su presencia física en escena, tenga intervención directa de la misma por medio de la actuación.
No se considerará componente a quién accione escenografía móvil o efectos especiales detrás de bambalinas, tal es el caso de los utileros los cuales no podrán ser menores de dieciocho años.
Capítulo V - Del Control de los Repertorios
Artículo 11º-
Los espectáculos del Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas se regirán por las normas que respecto a la libertad de expresión tienen las demás actividades culturales.
Podrá recurrirse a las “mechas”, con el fin de “enriquecer” la representación, siempre y cuando las mismas no alteren sustancialmente el espectáculo ni modifiquen el argumento.
Si el tenor de estas “mechas” produjera una violación de las normas legales vigentes, la responsabilidad absoluta recaerá en él o los Directores Responsables.
No se autorizará lo registrado en cualquier soporte fílmico, grabado, en cintas de CD u otro medio escrito. En caso de denuncia de violación a este Artículo 43º se deberá probar con los registros inscriptos en AGADU, Biblioteca Nacional o el Organismo Público y Privado que realice dichos registros.
El jurado del concurso oficial eliminará a aquellos conjuntos que no cumplan con la presente disposición.Capítulo VI - Las Categorías
Artículo 12º - Sociedades de Negros y Lubolos
Constituyen una recreación libre de las manifestaciones Afro Uruguayas con sus trajes, cantos y bailes típicos, evocando los orígenes Afro y su devenir natural y acompasado a la actualidad en vestimenta, coreografía y temática, sin perder la esencia conceptual del candombe y su evolución, no limitando la creación artística y su fusión argumental y musical. El Espectáculo se desarrollara bajo el signo predominante del tambor, aunque se admitirá la utilización de hasta otros seis (6) instrumentos musicales, fuera de los de percusión
Las letras y la música de los temas serán inéditas, debiendo regirse por la definición “inédita”, contenida en el artículo 43º excepto en su marcha o despedida final del conjunto, que podrá utilizar el canto y la música tradicional del conjunto. Pudiendo transmitir la evolución necesaria, natural y acompasada en cuanto a letras, músicas y a su entorno actual. Los tambores podrán utilizar tensores, pero queda terminantemente prohibido la utilización de parches de “nylon” o similares. Es decir solamente se utilizará lonja.
Deberán contar como mínimo con una (1) vedette; una (1) vedette promesas la cual deberá tener entre cinco y diez años, un (1) escobero; un (1) gramillero; una (1) mama vieja, seis (6) bailarinas, quienes danzaran acompañando los cuadros que se representen; dos (2) portabanderas, un (1) portaestandarte; una (1) estrella; una (1) medialuna; un (1) cantante y nueve (9) tamborileros. Se pueden contar con un (1) bailarín, pero no es obligatorio.
Se constituirán con un mínimo de treinta (30) y un máximo de sesenta y cinco (65) componentes.
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades. Sus actuaciones en el Concurso Oficial tendrán una duración mínima de treinta (30) minutos y un máximo de cuarenta (40) minutos.
Artículo 13º - Revistas.-
La categoría Revistas debe constituir una expresión artística integral de libre creación, conceptualmente imaginativa, tendiente a la diversión. Sin perjuicio de su característica de libre creación, se entiende que una Revista prioriza la alegría, la música y el baile, como así también el destaque de la figura femenina. Podrán utilizarse músicas grabadas, siempre que éstas contribuyan a enriquecer la ejecución en vivo.
Armonizará coreografías, vestimenta, bailes, música, orquestaciones, canciones y parlamentos con marcada alegría, en una sucesión de cuadros enlazados que eviten la interrupción del espectáculo, dotándolo de continuidad y dinamismo. Estos cuadros alternarán lo artístico con lo divertido dentro de un clima alegre y colorido, así como una fina técnica revisteril. Las letras serán inéditas. Las melodías musicales podrán ser inéditas. El cuerpo de baile estará integrado por bailarines de ambos sexos y no será obligatorio el cambio de vestuario para los integrantes de los coros.
Componentes: mínimo dieciocho (18) máximo treinta y cinco (35). Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Sus actuaciones tendrán una duración mínima de treinta y cinco (35) y un máximo de cuarenta y cinco (45) minutos.
Artículo 14º - Parodistas.
Esta categoría deberá parodiar el argumento de obras, historias de hechos y/o personas de público y notorio conocimiento, en una imitación burlesca, realizada en tono jocoso, pudiendo, en determinados pasajes del espectáculo, tener matices dramáticos, según la propuesta de cada conjunto.
Para desarrollar su espectáculo cada conjunto de parodistas deberá: Cantar, realizar bailes y coreografías, usar vestuario, utilizar maquillaje, hacer una o varias parodias dentro del mismo.
Los cuadros de presentación y despedida serán optativos de cada conjunto y, en caso de realizarse, podrán ser o no parodias.
Componentes: mínimo dieciocho (18), treinta y dos (32) máximo.
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Sus actuaciones en el Concurso Oficial de Carnaval de las Promesas tendrán una duración mínima de treinta y cinco (35) minutos y un máximo de cuarenta y cinco (45) minutos.
Artículo 15º - Murgas.
Es la manifestación artística que refleja el sentir de los uruguayos.
La crítica, la sátira, la jocosidad y la ironía son los pilares en que se sustentan, apostando fundamentalmente a la risa.
El vestuario será alegre y colorido y el rostro deberá lucir maquillaje, distingue a la Murga la mímica, la pantomima, la vivacidad, el movimiento, el contraste, la informalidad escénica y lo grotesco, la sincronización de movimientos se conceptuará válida si esta diera brillantez al espectáculo y no atentara contra la idiosincrasia de la Murga.
Los instrumentos esenciales serán el platillo, bombo y redoblante, pudiendo utilizarse libremente otros instrumentos en carácter de apoyo.
Componentes: mínimo diecisiete (17) máximo veintinueve (29). Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Sus actuaciones en el Concurso Oficial de Carnaval de las Promesas tendrán una duración mínima de treinta (30) minutos y un máximo de cuarenta (40) minutos.
Artículo 16º - Escuelas de Samba.
Constituyen una recreación de la música folklórica de la República Federativa del Brasil, pudiendo fusionarse, en música y temática con otros ritmos americanos.
El espectáculo deberá contar con una temática y desarrollarse con un hilo argumental obligatorio.
Los personajes representativos de la categoría (pasistas, porta bandera.) deberán ser acompañados por un tema musical cantado.
Dicho espectáculo se desarrollará bajo el signo predominante de la batería, pudiendo adicionar hasta otros seis (6) instrumentos musicales o pistas de música grabadas admitiéndose sólo uno que oficie de metrónomo.
Será obligatorio incluir un mínimo de seis (6) temas entre los cuales solamente uno podrá ser interpretado en portugués.
El Cuerpo de Baile estará conformado por personas de ambos sexos, siendo obligatorio el cambio de vestimenta por lo menos en tres oportunidades.
Deberán contar como mínimo con una (1) vedette; una (1) vedette promesas, la que deberá tener entre 5 y 10 años; un (1) animador; una (1) portabandera; una (1) bahiana; un (1) cantante y cinco (5) integrantes en la batería con sus elementos de percusión.
Componentes: mínimo veinticinco (25) máximo cincuenta (50).
Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Tendrán una duración mínima de treinta (30) minutos y un máximo de cuarenta (40) minutos.
Artículo 17º- Humoristas.
Esta categoría se basará en la libre comicidad de escenas, situaciones o personajes no pudiendo basarse en argumentos de una obra literaria, hecho o suceso real.
Podrá utilizarse una creación jocosa única o plantearse varios cuadros con pequeños intervalos muy ágiles, enmarcados siempre en una faz cómica.
El estilo literario determinante deberá reflejar la facultad creativa y el ingenio de descubrir y presentar cuadros, personajes, situaciones, sucesos y actos con características incongruentes y absurdas en donde predomina el humor, la sátira, la picardía y la jocosidad, dentro de una tónica de fina expresión escénica.
Deberán utilizar canciones y música, ésta podrá ser interpretada por los propios integrantes, o en su defecto utilizando pistas.
Estos conjuntos estarán integrados por un mínimo de dieciséis (16) y un máximo de veintinueve (29) componentes. Estos integrantes deberán representar como mínimo siete (7) edades.
Sus actuaciones en los espectáculos del Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas tendrán una duración mínima de veinticinco (25) minutos y una máxima de treinta y cinco (35) minutos.
Capítulo VII - De la Prueba Evaluatoria Artículo 18° -
La Prueba Evaluatoria para el Carnaval 2010 se realizará desde el día 8 hasta el día 17 de octubre del año 2009, en la Rural del Prado (entrada por Buschental) a partir de las 20 horas.
Las etapas de la Prueba Evaluatoria se conformarán mediante SORTEO, a realizarse en la sede
de ADICAPRO, por el Presidente del Jurado, su secretario y el delegado de los conjuntos,
entre TODOS los inscriptos, el día 28 de setiembre de 2009, en instancia abierta para los
directores, componentes y prensa.
El resultado del mismo no admitirá cambios de ninguna índole.
Artículo 19° - Deberán presentarse a la Prueba Evaluatoria para el Carnaval 2010:
TODOS LOS CONJUNTOS INTERESADOS EN PARTICIPAR DEL CONCURSO OFICIAL
Artículo 20° - Se establece especialmente que, a los efectos de lograr una adecuada evaluación del nivel artístico de los conjuntos interesados en llegar al Concurso Oficial, el Jurado requerirá para cada categoría los siguientes tiempos:
REVISTAS Y PARODISTAS: Mínimo 20 minutos – Máximo 25 minutos
MURGAS, LUBOLOS Y ESCUELAS DE SAMBA: Mínimo 18 minutos – Máximo 23 minutos
HUMORISTAS: Mínimo 15 minutos – Máximo 20 minutos
En ese tiempo deberán presentarse (como mínimo) los siguientes segmentos del espectáculo proyectado:
REVISTAS: 3 cuadros, con participación de solistas, coro, coreografías y bailes.
PARODISTAS: 1 tema cantado, con coreografías y bailes y 12 minutos de parodia.
HUMORISTAS: 1 tema cantado, con coreografías y bailes y 8 minutos de humorada.
MURGAS: presentación, 10 minutos de cuplè o popurrí y parte final de la despedida.
LUBOLOS: 3 cuadros con canto, coreografías y baile, donde se presenten los personajes típicos (gramilleros, mamas viejas y escobero) y la presentación de:
La cuerda de tambores, dos (2) portabanderas, un (1) portaestandarte; una (1) estrella; una (1) medialuna.
ESCUELA DE SAMBA: 3 cuadros con canto, coreografías y bailes con la presentación de los personajes típicos (portabanderas, bahiana y pasistas).
El TIEMPO DE ACTUACIÓN en la prueba de evaluación en todas las categorías será CONTROLADO ESTRICTAMENTE, y el incumplimiento del mismo generará, para los conjuntos que superen la prueba, la sanción con descuento de puntaje en la primera rueda del Concurso Oficial, tal cual lo estipula el Art. Nº 46 de este reglamento.
Artículo 21ª –
Durante la Prueba Evaluatoria no se permitirá utilizar vestuario ni escenografía. Solamente se permitirán pequeños accesorios para la identificación de personajes.
Artículo 22ª -
Los conjuntos que se presenten a la Prueba de evaluación y superen la misma, no podrán eliminar en sus actuaciones durante el Concurso Oficial lo presentado en la citada prueba. Quedarán amparados en los plazos que se establezcan para completar y ajustar sus repertorios para el Concurso Oficial. Lo mismo se aplica para la nómina de componentes.
Artículo 23ª –
El Jurado evaluante, será designado por el Director de la División Turismo de la I.M.M. y estará integrado por, un funcionario municipal, el cual oficiará de Secretario del Cuerpo, y 6 (seis) miembros de acuerdo al siguiente detalle:
a) Un Presidente, que ordenará y fiscalizará las tareas del cuerpo haciendo cumplir el reglamento de la Prueba Evaluatoria en todos sus términos, así como realizar lo necesario para la unificación de criterios en el trabajo del mismo previo al inicio del certamen, deberá además, ser responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos, así como con la prensa, dado que los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de efectuar declaraciones durante la realización de la Prueba.
Disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realización de los escrutinios correspondientes.
Deberá ingresar una vez aplicadas, las sanciones que signifiquen descuentos de puntaje para hacer efectivo el mismo en el puntaje total de la primera rueda del Concurso Oficial.
Dar lectura de todas y cada una de las boletas de calificación correspondiente a cada participante al final del certamen y hacer público el resultado final.
b). Cinco miembros, que evaluarán la actuación de cada uno de los participantes, votando por sí o por no sobre los merecimientos para participar del Carnaval 2010 de cada uno de los conjuntos.
En caso de ausencia de algunos de los Miembros Titulares, su lugar será ocupado por el Secretario del cuerpo.
Los Miembros del Jurado actuarán en forma independiente entre sí, votando en forma individual, secreta y de inmediato al término de cada actuación en una boleta donde constará el nombre del Conjunto, la Categoría, la fecha, y el voto que mereció su participación. Cada boleta deberá ser colocada en un sobre el cual será entregado al Presidente o al Secretario del Cuerpo, quien procederá a introducir los cinco sobres en un sobre de mayor tamaño, cerrándolo y firmándolo al dorso, dejando establecido en la cubierta el nombre del Conjunto.
Dichos sobres serán guardados con total garantía en una urna especialmente habilitada al efecto.
El resultado surgirá de la suma de votos que cada conjunto haya obtenido, utilizándose el sistema de MAYORÍA SIMPLE, para establecer la clasificación o no al Concurso Oficial 2010.
Artículo 24° -
El fallo de la Prueba Evaluatoria se dará a conocer en la I.M.M., el día domingo 18 de octubre a partir de las 20 horas, y podrán estar presentes en las mismas, las personas que el DIRECTOR de TURISMO designe en su representación, el delegado de ADICAPRO para el Concurso Oficial y la prensa debida y anticipadamente acreditada.
Artículo 25° -
Todos los conjuntos que superen la Prueba Evaluatoria podrán participar del Concurso Oficial 2010. EL FALLO DEL JURADO ES INAPELABLE. Capítulo VIII - Del Concurso Oficial.-
Artículo 26º - Jurado
El Jurado del Concurso Oficial del “Carnaval de las Promesas”, estará integrado por un (1) Presidente, cinco (5) Miembros titulares y un (1) Secretario, designados por el Director de la División Turismo de la Intendencia Municipal de Montevideo.
El Presidente deberá tener amplios conocimientos sobre el Carnaval de las Promesas y no podrá estar vinculado a ningún Conjunto del mismo, ni haberlo estado en los últimos tres (3) años.
La designación de los Miembros del Jurado podrá recaer en personas que representen a Instituciones Públicas y/o Privadas vinculadas a la Cultura, las que deberán poseer reconocida solvencia técnica, moral y amplios conocimientos sobre el Carnaval, no pudiendo tener vinculación directa con Conjuntos participantes del Carnaval de las Promesas, ni haberlo estado en los últimos tres (3) años.
El Funcionario Municipal designado por el Director de la División Turismo, oficiará de Secretario Administrativo del Cuerpo, en caso de ausencia temporal o definitiva del Presidente, asumirá dicho cargo, pudiendo ser designado un nuevo funcionario para cumplir las tareas que anteriormente le correspondían a este.
A.DI.CA.PRO designará un representante que oficiará de delegado entre los Directores Responsables de los Conjuntos participantes y el Presidente del Jurado, con el único fin de establecer los contactos que sean necesarios entre las partes.
Artículo 27° - Serán deberes del Presidente:
a) Hacer cumplir el reglamento del Concurso Oficial en todos sus términos.
b) Ordenar y fiscalizar el trabajo del Jurado así como realizar lo necesario para la unificación de criterios en el trabajo del mismo previo al inicio del certamen.
c) Ser responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos, así como con la prensa, dado que los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de efectuar declaraciones durante la realización del Concurso.
d) Disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realización de los escrutinios correspondientes.
e) Deberá ingresar una vez aplicadas, las sanciones que signifiquen descuentos de puntaje para hacer efectivo el mismo en el puntaje total de conjunto al término de cada rueda.
f) En caso de ausencia de algunos de los Miembros Titulares, ocupará su lugar.
g) Deberá, junto al secretario y al Delegado de ADICAPRO, trasladar la urna que contiene los puntajes al lugar asignado para su depósito bajo llave entre jornada y jornada, así como antes de cada etapa, de regreso al lugar del concurso.
h) Emitir los listados correspondientes a los conjuntos que clasifiquen para la Liguilla.
i) Dar lectura de todas y cada una de las boletas de calificación correspondiente a cada participante al final del certamen y hacer público el resultado de cada categoría.
Artículo 28° - Será responsabilidad del Delegado de ADICAPRO:
a) Hacer conocer al Presidente del Jurado cualquier inquietud que algún o algunos Directores Responsables deseen evacuar.
b) Controlar el cumplimiento del horario preestablecido para que el Conjunto que termina de actuar retire todos sus elementos y entregue el escenario vacío al siguiente concursante e Informar de ello al Presidente del Jurado.
c) Convocar al o a los Directores Responsables toda vez que el Presidente del Jurado lo solicite.
d) Entregar las pistas utilizadas por los concursantes al Presidente o al Secretario del Jurado, inmediatamente después de culminar la actuación.
e) Recibir dos (2) copias de las notificaciones (sanciones, solicitudes, respuestas, etc.) que cupieran durante el desarrollo del concurso, y entregarlas, una al conjunto involucrado y otra a ADICAPRO.
f) Recibir y trasladar al Presidente del Jurado cualquier denuncia hecha por algún concursante, oralmente en forma inmediata y por escrito 24 horas después.
g) Deberá, junto al Presidente del Jurado y al secretario, trasladar la urna que contiene los puntajes al lugar asignado para su depósito bajo llave entre jornada y jornada, así como antes de cada etapa, de regreso al lugar del concurso.
h) Estar presente en el recinto donde se lleven a cabo los pasajes a la Liguilla y el escrutinio final y recibir ambos fallos en nombre de ADICAPRO.
Artículo 29º - Los Miembros del Jurado actuarán en forma independiente entre sí, calificando en forma individual, secreta y de inmediato al término de cada actuación, en la Computadora allí instalada y programada a tales efectos.
Dicha computadora otorgará los coeficientes previstos para cada rubro y emitirá una boleta donde constará el nombre del Conjunto, la Categoría, la fecha, y el puntaje que mereció su participación. Cada boleta deberá ser colocada en un sobre el cual será entregado al Presidente o al Secretario del Cuerpo, quien procederá a introducir los cinco sobres en un sobre de mayor tamaño, cerrándolo y firmándolo al dorso, dejando establecido en la cubierta el nombre del Conjunto y la Rueda de competencia.
Dichos sobres serán guardados con total garantía en una urna especialmente habilitada al efecto.
Artículo 30º- Los Miembros del Jurado establecerán el puntaje valorando el espectáculo como tal, tomando en cuenta los aspectos fundamentales de cada Categoría, el ingenio, la creatividad, la originalidad, la calidad artística y el nivel cultural por encima del lujo y la magnificencia.
En la asignación de puntaje, se tomarán como elementos negativos el mal gusto y la procacidad.
Capítulo IX - DEFINICIÓN DE LOS RUBROS
Artículo 31º- El Jurado para actuar deberá estar integrado por cinco (5) Miembros, los que calificarán en los siguientes Rubros:
VISION GLOBAL DEL ESPECTACULO
Se deberán evaluar los espectáculos en su totalidad, como producto final, considerando los aspectos fundamentales de cada categoría y su esencia carnavalera.
A la vez, se tendrá en cuenta el grado de creatividad y originalidad desarrollado, considerando todo aporte creativo como un elemento indispensable para la renovación y evolución constante de cada categoría.
Por el contrario, la reiteración de fórmulas y lugares comunes en el planteo de los espectáculos puede ir en desmedro de la valoración del mismo.
En las murgas, la sátira y la crítica volcada en sus cuplés, la estética y la energía que trasmiten sus presentaciones y retiradas;
En los negros y lubolos, el desarrollo de su temática tomando al tambor como un elemento predominante junto a la presencia de sus personajes típicos y el destaque de sus bailarinas y sus vedettes al ritmo del candombe.
En los parodistas, el nivel de sus parodias, tanto en la efectividad de sus partes cómicas, como en los climas creados en las partes dramáticas;
En los humoristas, la efectividad en materia de risas y el entorno creativo con que se las busca;
En revistas, el desarrollo de su temática, la calidad de su cuerpo de baile, sus solistas y actores;
En las escuelas de samba, el desarrollo de su temática, la calidad de su cuerpo de baile, su batería y la dinámica que le imprime su animación.
TODOS LOS JURADOS CALIFICARAN LA VISION GLOBAL DEL ESPECTACULO.
JURADO Nº 1 - VOCES, MUSICALIDAD Y ARREGLOS CORALES:
Este jurado entenderá en todo lo atinente a la expresión musical de cada conjunto.
Se tendrán en cuenta las especificidades del rubro, no solamente en si mismas, sino además evaluándolas en el contexto del espectáculo presentado, y de acuerdo a las características de la categoría en la que se participa.
Se tendrá en cuenta:
En lo que respecta a voces: rendimiento, claridad y afinación del coro ejecutante, así como también de las voces solistas, prevaleciendo el trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones individuales. También se considerará la claridad para la comprensión de los textos.
En lo relativo a la musicalidad: se tendrá en cuenta todo el entorno musical que rodea al espectáculo, la variedad de las músicas, los matices, los riesgos asumidos, así como los climas logrados acordes al espectáculo.
Todas las categorías pueden utilizar música “en vivo”.
En caso de optar por el uso de pistas grabadas, aceptada en varias categorías, no se podrán incluir en ellas voces humanas o registros que emulen a estas, o que sirvan de apoyo o complemento a las voces o arreglos interpretados en vivo.
En cualquiera de los casos se tendrá en cuenta el ajuste y la coordinación entre los elementos que integran la parte musical del conjunto.
En lo que respecta a arreglos corales: deberá primar la creatividad de los mismos, así como también la variedad y originalidad de los arreglos.
En el caso específico de este concurso, y por darse frecuentemente la situación de que el arreglador coral es un no- componente adulto, se evaluará también la capacidad de realización del arreglo a los efectos de su comprensión por parte de los componentes, y por tanto de su integración total y armónica al espectáculo llevado adelante por niños.
Este jurado calificará en la 1a. Rueda en todas las categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en voces
1 a 12 en musicalidad
1 a 12 en arreglos corales
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la 2a. Rueda y en la LIGUILLA en todas las categorías en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en voces
1 a 15 en musicalidad
1 a 15 en arreglos corales
1 a 15 en visión global
JURADO Nº 2 – TEXTOS, INTERPRETACION y COMUNICACIÓN:
Textos:
Este jurado evaluará los valores literarios de todos los textos utilizados por los conjuntos. Dichos textos serán considerados en relación a:
Ø Las definiciones y características de cada una de las categorías: esto implica que los textos de cada uno de los conjuntos deben ser elaborados en base a lo que se considera en el presente reglamento que debe ser una murga, revista, parodista, lubolo, escuela de samba o humorista.
A la vez, se tendrá en cuenta el grado de creatividad y originalidad desarrollado en los textos a partir de la definición de cada categoría, considerando todo aporte creativo como un elemento indispensable para la renovación y evolución constante de cada categoría. Por el contrario, la reiteración de fórmulas y lugares comunes en el planteo de los espectáculos puede ir en desmedro de la valoración del planteo textual.
Ø La coherencia o adecuación entre el texto y la capacidad interpretativa y la edad de los intérpretes: en este aspecto, se evaluará el texto en función de la posibilidad de los integrantes del conjunto de poder interpretar y comprender el texto planteado.
Esto supone la consideración, al momento de la evaluación, del tipo de temáticas planteadas en el texto, así como también de la forma en que las mismas fueron llevadas al texto y desarrolladas en el mismo para luego pasar a la acción en el escenario.
Ø El manejo de los códigos propios del carnaval dentro de un marco de creatividad, comicidad y alegría: se considera que, de un modo u otro, todos los espectáculos del carnaval deben apuntar a la alegría y diversión que caracterizan a esta fiesta popular. Por lo tanto, se tomará en cuenta la capacidad del texto de lograr la comicidad y la diversión a través del manejo de la sutileza, la picardía y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez que serán elementos considerados como negativos para la evaluación de los textos.
Interpretación:
Se considerará la interpretación como el componente más relevante de este rubro, puesto que supone la evaluación de los integrantes de los conjuntos, verdaderos protagonistas del carnaval de las promesas.
En este sentido, al evaluar la interpretación este jurado tendrá en cuenta:
Ø El trabajo colectivo por sobre el individual, teniendo en cuenta que los destaques individuales deben estar planteados en función del trabajo grupal.
Ø La calidad interpretativa de los participantes, teniendo en cuenta que la espontaneidad y la diversión deben ser elementos constitutivos fundamentales de la labor artística desarrollada en el escenario.
Ø La capacidad de comunicación desarrollada por los intérpretes, tanto por una clara y efectiva interpretación del planteo de textos, como también por el logro de la comicidad, la alegría y la diversión entre el escenario y el público.
Comunicación:
Ø La capacidad de comunicación desarrollada por los intérpretes y obtenida por el espectáculo en su totalidad, tanto por una clara y efectiva interpretación del planteo de textos, como también por el logro de la comicidad, la alegría y la diversión entre el escenario y el público.
Este jurado calificará en la 1a. Rueda en todas las categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en textos
1 a 12 en interpretación
1 a 12 en comunicación
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la 2a. Rueda y en la LIGUILLA en todas las categorías en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en textos
1 a 15 en interpretación
1 a 15 en comunicación
1 a 15 en visión global
JURADO Nº 3 - BAILES - COREOGRAFÍA - MOVIMIENTO ESCÉNICO
Bailes
Se evaluará la integración y convicción del movimiento y de la máscara, la correcta ejecución de las coreografías, la interpretación y comunicación y la interrelación grupal.
Coreografía
La coreografía está constituida por todos los momentos coreográficos del espectáculo.
Se evaluará la originalidad y la creatividad con que se traduce en un lenguaje corporal con códigos diferenciados y espaciales el mensaje deseado.
Se valorará especialmente que este lenguaje corporal esté acorde a las posibilidades de ejecución del elenco, ya sea en el despliegue de virtuosismo físico y de técnicas altamente codificadas, en el desarrollo vertiginoso de coordinación y ritmos complejos, en danzas populares codificadas, en vocabularios expresivos abstractos (expresión corporal), en pantomima, etc.
C) Movimiento escénico
Se refiere a los movimientos que realizan los componentes de la murga con los códigos gestuales de la misma y al manejo escénico del humorista en el marco del personaje interpretado.
Se evaluará la convicción, el espíritu murguero y la comunicación del goce y la alegría con que lo realice el equipo, así mismo en los humoristas de acuerdo a las situaciones planteadas.
En el resto de las categorías se habrá de evaluar el “dominio” escénico de los diferentes actores de acuerdo a las situaciones que la puesta del espectáculo requiera.
Este jurado calificará en la 1a. Rueda en las categorías: PARODISTAS, REVISTAS, HUMORISTAS, ESCUELAS DE SAMBA y LUBOLOS: en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en bailes
1 a 12 en coreografía
1 a 12 en movimiento escénico
1 a 12 en visión global
MURGAS: en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en movimiento escénico
1 a 12 en puesta en escena
1 a 12 en comunicación
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la 2a. Rueda y en la LIGUILLA en las categorías: PARODISTAS, REVISTAS, HUMORISTAS, ESCUELAS DE SAMBA y LUBOLOS: en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en bailes
1 a 15 en coreografía
1 a 15 en movimiento escénico
1 a 15 en visión global
MURGAS: en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en movimiento escénico
1 a 15 en puesta en escena
1 a 15 en comunicación
1 a 15 en visión global
JURADO Nº 4 – INTERPRETACIÓN - PUESTA EN ESCENA - MOVIMIENTO ESCÉNICO
A) Interpretación:
Se considerará la interpretación como el componente más relevante de este rubro, puesto que supone la evaluación de los integrantes de los conjuntos, verdaderos protagonistas del carnaval de las promesas.
En este sentido, al evaluar la interpretación este jurado tendrá en cuenta:
Ø El trabajo colectivo por sobre el individual, teniendo en cuenta que los destaques individuales deben estar planteados en función del trabajo grupal.
Ø La calidad interpretativa de los participantes, teniendo en cuenta que la espontaneidad y la diversión deben ser elementos constitutivos fundamentales de la labor artística desarrollada en el escenario.
Ø La capacidad de comunicación desarrollada por los intérpretes, tanto por una clara y efectiva interpretación del planteo de textos, como también por el logro de la comicidad, la alegría y la diversión entre el escenario y el público.
B) Puesta en escena
En la puesta en escena se evaluará ingenio, creatividad y originalidad en cuanto a: la claridad en la traducción al ámbito escénico de las situaciones propuestas, la utilización del y/o los espacios escénicos propuestos y los matices en las dinámicas de las escenas.
C) Movimiento escénico
Se refiere a los movimientos que realizan los componentes de la murga con los códigos gestuales de la misma y al manejo escénico del humorista en el marco del personaje interpretado.
Se evaluará la convicción, el espíritu murguero y la comunicación del goce y la alegría con que lo realice el equipo, así mismo en los humoristas de acuerdo a las situaciones planteadas.
En el resto de las categorías se habrá de evaluar el “dominio” escénico de los diferentes actores de acuerdo a las situaciones que la puesta del espectáculo requiera.
Este jurado calificará en la 1a. Rueda en todas las categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en interpretación
1 a 12 en puesta en escena
1 a 12 en movimiento escénico
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la 2a. Rueda y en la LIGUILLA en todas las categorías, en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en interpretación
1 a 15 en puesta en escena
1 a 15 en movimiento escénico
1 a 15 en visión global
JURADO Nº 5 - VESTUARIO, MAQUILLAJE y AMBIENTACION:
El maquillaje y el vestuario forman una unidad. Juntos convierten al integrante del grupo en un personaje de un espectáculo. Deben ser coherentes y están al servicio de comunicar al público un discurso acerca del espectáculo.
El personaje (integrante del grupo vestido y maquillado) con su sola presencia debe poder constituirse en un discurso expresivo, claro y comprensible, al servicio del espectáculo y el grupo.
La realización material de la unidad vestuario-traje debe ser creativa, original, buscando caminos innovadores. Si un solo vestuario cubre con todas las necesidades del espectáculo y éste no se desmerece por ello, esa simplicidad y eficacia será considerada positivamente.
Los elementos agregados como complemento al vestuario y al maquillaje se evaluarán positivamente siempre y cuando correspondan al discurso del espectáculo y resulten recursos que lo desarrollen mejor. No deben entorpecer el espectáculo con utilería no funcional.
Cada elemento usado debe poder justificarse en la propuesta del espectáculo.
Con idéntico criterio se evaluará todo elemento adicional al maquillaje (prótesis, látex, etc.). Deben resultar armoniosos y funcionales.
El uso de elementos reciclados en la fabricación del vestuario y el maquillaje se evalúa positivamente.
El alto valor de los materiales empleados no determina la puntuación. Es más valorado el que se logren buenos efectos sustituyendo la inversión económica por el talento creativo.
Es el resultado lo que se evalúa y no su costo.
En resumen, éstas son las características buscadas en el VESTUARIO-MAQUILLAJE:
* Resultar una creación original
* Armonizar con el sentido del espectáculo.
Comunicar al público infantil el sentido de la propuesta
Contribuir a comunicar el sentido del espectáculo
* Poseer coherencia, armonía y eficacia
* Ser práctico y justificado
* Lograr reformular materiales reciclados
AMBIENTACIÓN
Este rubro fortalece la mirada holística del espectáculo..
La ambientación es un clima que se crea para introducir al espectador en la temática del espectáculo, para colaborar o estar al servicio de crear el ambiente deseado.
Esa mirada holística no deja que pensemos en el espectáculo por separado por tanto se evaluará como una “visión global estética”
Para la evaluación de la ambientación se tendrán en cuenta la iluminación, la escenografía y la utilería y se antepondrán la coherencia, la originalidad y la eficacia al recrear el entorno adecuado del espectáculo propuesto, a través de elementos escenográficos y el aprovechamiento de la iluminación, por encima de la calidad “mobiliaria”, el lujo y la magnificencia.
Este jurado calificará en la 1a. Rueda en todas las categorías en una escala de 4 a 48 puntos:
1 a 12 en vestuario
1 a 12 en maquillaje
1 a 12 en ambientación
1 a 12 en visión global
Este jurado calificará en la 2a. Rueda y en la LIGUILLA en todas las categorías, en una escala de 4 a 60 puntos:
1 a 15 en vestuario
1 a 15 en maquillaje
1 a 15 en ambientación
1 a 15 en visión global
Artículo 32° - SISTEMA DE PUNTAJE
Al puntaje otorgado por el Jurado se lo multiplicará por un coeficiente pre-establecido según la prevalencia considerada para cada uno de los rubros en las diferentes categorías.
Dicho coeficiente o multiplicación se establece en la computadora en el mismo instante en que recibe la puntuación original de cada Jurado
Para mejor entender detallamos a continuación la tabla con los coeficientes a aplicar al puntaje dado por el Jurado:
PARODISTAS |  |  | REVISTAS |  |  | MURGAS |  |
 |  |  |  |  |  |  |  |
Voces | 5 |  | Voces | 5 |  | Voces | 7 |
Musicalidad | 2 |  | Musicalidad | 2 |  | Musicalidad | 4 |
A.Corales | 2 |  | A.Corales | 2 |  | A.Corales | 3 |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |
 |  |  |  |  |  |  |  |
Textos | 5 |  | Textos | 5 |  | Textos | 7 |
Interpretación | 3 |  | Interpretación | 3 |  | Interpretación | 3 |
Comunicación | 4 |  | Comunicación | 4 |  | Comunicación | 2 |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |
 |  |  |  |  |  |  |  |
Bailes | 5 |  | Bailes | 6 |  | Movimiento Expresivo | 3 |
Coreografía | 4 |  | Coreografía | 5 |  | Puesta en escena | 2 |
Movimiento Expresivo | 2 |  | Movimiento Expresivo | 2 |  | Comunicación | 2 |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |
|  |  |  |  |  |  |  |
Interpretación | 3 |  | Interpretación | 3 |  | Interpretación | 3 |
Movimiento Escénico | 2 |  | Movimiento Escénico | 2 |  | Movimiento Escénico | 3 |
Puesta en escena | 5 |  | Puesta en escena | 3 |  | Puesta en escena | 3 |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |
 |  |  |  |  |  |  |  |
Vestuario | 1 |  | Vestuario | 1 |  | Vestuario | 1 |
Maquillaje | 1 |  | Maquillaje | 1 |  | Maquillaje | 1 |
Ambientación | 1 |  | Ambientación | 1 |  | Ambientación | 1 |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |
| | | | | | | |  |
HUMORISTAS |  |  | E. DE SAMBA |  |  | LUBOLOS |  | |
|  |  | |  |  | |  | |
Voces | 3 |  | Voces | 4 |  | Voces | 4 | |
Musicalidad | 1 |  | Musicalidad | 7 |  | Musicalidad | 7 | |
A.Corales | 1 |  | A.Corales | 2 |  | A.Corales | 2 | |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 | |
|  |  | |  |  | |  | |
Textos | 8 |  | Textos | 4 |  | Textos | 4 | |
Interpretación | 4 |  | Interpretación | 2 |  | Interpretación | 2 | |
Comunicación | 4 |  | Comunicación | 4 |  | Comunicación | 4 | |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 | |
|  |  | |  |  | |  | |
Bailes | 3 |  | Bailes | 6 |  | Bailes | 6 | |
Coreografía | 2 |  | Coreografía | 4 |  | Coreografía | 4 | |
Movimiento Expresivo | 3 |  | Movimiento Expresivo | 2 |  | Movimiento Expresivo | 2 | |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 | |
|  |  | |  |  | |  | |
Interpretación | 4 |  | Interpretación | 2 |  | Interpretación | 2 | |
Movimiento Escénico | 3 |  | Movimiento Escénico | 2 |  | Movimiento Escénico | 2 | |
Puesta en escena | 6 |  | Puesta en escena | 3 |  | Puesta en escena | 3 | |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 | |
|  |  | |  |  | |  | |
Vestuario | 1 |  | Vestuario | 1 |  | Vestuario | 1 | |
Maquillaje | 1 |  | Maquillaje | 1 |  | Maquillaje | 1 | |
Ambientación | 1 |  | Ambientación | 1 |  | Ambientación | 1 | |
Visión global | 11 |  | Visión global | 11 |  | Visión global | 11 | |
| | | | | | | | |
RUBROS 45%
INCIDENCIA EN TODAS LAS
CATEGORÍAS
VISION GLOBAL 55 %
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Artículo 33º- ESCALAS DE PUNTAJE
La escala de puntaje que surja de la suma de las calificaciones otorgadas en las actuaciones de cada grupo, deberá reflejar el orden de méritos que cada jurado haya estimado que tienen los diferentes espectáculos en el rubro que le ha tocado calificar, a lo largo de la realización de TODO EL CONCURSO OFICIAL.
Artículo 34º - El Concurso Oficial del Carnaval de las Promesas 2010 se habrá de realizar con:
a) Una primera rueda con TODOS los conjuntos habilitados por este reglamento en cuanto a clasificación en la Prueba Evaluatoria.
b) Una segunda rueda con 24 conjuntos: 12 por cupos (los 2 mejores puntajes de cada categoría) y los 12 restantes con los conjuntos que obtengan los mejores puntajes en la primera rueda.
c) Una Liguilla final con 16 conjuntos, los que accederán a dicha instancia de acuerdo a lo estipulado en el Art. 35º de este reglamento.
Artículo 35º -
a) Los lugares de la LIGUILLA, se ocuparán con los conjuntos que obtengan los 16 mejores puntajes en la suma de primera y segunda rueda.
b) En el caso de que en esos 16 conjuntos hubiera alguna categoría representada por un sólo conjunto, se solicitará al sistema informático el nombre del conjunto ubicado en el lugar 17, de ser éste el segundo representante de la categoría antedicha, pasarán los 17, de no ser así, éste último pasa a reemplazar al solitario en cuestión y esa categoría no participa de la Liguilla, lo que significa que las ubicaciones finales de la categoría ausente en la Liguilla, saldrán del puntaje obtenido en las dos ruedas que participaron.
Al término de la primera y de la segunda Rueda, mediante la autorización del Presidente del Jurado, en instancia pública junto con el delegado de A.DI.CA.PRO., se darán a conocer los nombres de los Conjuntos que accederán a la segunda rueda y LIGUILLA respectivamente, mediante un listado emitido por la computadora, y ordenado alfabéticamente por Categoría, desconociéndose los puntajes de los mismos.
En caso de empate entre dos o más Conjuntos en el último lugar habilitado para acceder tanto a la segunda rueda como a la LIGUILLA, accederán a la misma TODOS los Conjuntos que se encuentren en esa posición.
Se establece que, aquellos Conjuntos que hayan actuado en el Concurso Oficial en el último día de alguna rueda y clasifiquen a la siguiente, no podrán actuar en la misma hasta la segunda etapa.
FALLO FINAL
Inmediatamente de concluida la actuación del último Conjunto de la última etapa de la LIGUILLA, el Jurado conjuntamente con los funcionarios que la División Turismo designe a tal efecto, al delegado de A.DI.CA.PRO. y un Escribano Municipal, que labrará el acta respectiva, se reunirán a efectos de emitir el fallo final, en presencia de la prensa oral, escrita y televisiva debidamente acreditada.
De inmediato se procederá a la apertura de la urna, se contarán los sobres, clasificándolos por categoría y por nombre de Conjunto.
Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres, contabilizando lo dictaminado por cada uno de los Jurados, en planillado de clasificación que a tales efectos proporcionará la División Turismo.
Las boletas de clasificación, fiscalizadas y contabilizadas, serán guardadas sin sufrir alteración de ninguna índole, a efectos de un eventual contralor posterior.
EL RESULTADO FINAL, SERÁ EL PRODUCTO DE LA SUMATORIA DE LOS PUNTOS DE LA PRIMERA, SEGUNDA RUEDA Y LIGUILLA. EL FALLO DEL JURADO SERA INAPELABLE
TODOS los grupos que deseen participar del Concurso Oficial del año 2011 deberán presentarse a la prueba de evaluación para obtener su ingreso al mismo.
Capítulo X - Las actuaciones en el Concurso Oficial
Artículo 36º- Las agrupaciones estarán obligadas a participar en los espectáculos del Concurso Oficial y de la Rueda de Triunfadores, toda vez que sean citadas a tal efecto por resolución del Jurado, de no hacerlo, quedarán automáticamente eliminadas del mismo.
En todos los casos, los Conjuntos convocados deberán presentarse con los mismos elementos que lo hicieron en la Primera Rueda del Concurso Oficial. De no hacerlo serán plausibles de una sanción de hasta el cien por ciento (100%) del premio de acuerdo a la gravedad de la falta.
Artículo 37º - En cada etapa se hará un listado de la programación para conocimiento de los Directores Responsables de los Conjuntos, indicándose día y hora en que deberán estar presentes en el local donde se efectúe el Concurso. Además se procederá por parte de A.DI.CA.PRO. a la notificación de la convocatoria a cada uno, en forma individual y por escrito. Un funcionario designado por la Unidad de Festejos y Espectáculos fiscalizará la hora de llegada de los distintos Conjuntos con la totalidad de sus componentes y el Director Responsable firmará un Registro que acreditará la misma, aplicándose las sanciones correspondientes si se presentara fuera de los plazos establecidos.
Artículo 38º - En caso de que en una etapa queden conjuntos por concursar debido a la suspensión por lluvia u otro motivo, pasarán a etapas restantes. La actuación de dichos conjuntos en las restantes etapas se realizará el día que designe el Presidente del Jurado en acuerdo con A.DI.CA.PRO.
Artículo 39° - El Jurado podrá nominar para otorgar Menciones Especiales a componentes o técnicos destacados en las distintas categorías las que pueden ser individuales o colectivas. Dicha nominaciones se señalarán mediante la entrega de un diploma por parte de la I.M.M. Los nominados se conocerán junto al Fallo del Concurso.
Los ganadores de las menciones, recibirán un trofeo por parte de la I.M.M. y se conocerán en la ceremonia que se desarrollará en el día y lugar que designe la DIVISION TURISMO de la I.M.M.
Artículo 40º- La escala de premios a adjudicarse en cada categoría, así como los montos porcentuales de cada una de ellas, serán previamente fijados por A.DI.CA.PRO y se abonarán con lo recaudado, por todo concepto, deducidos los gastos en los espectáculos del Concurso Oficial, debiéndose dar cuenta de ello a la División Turismo de la I.M.M.
En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumará el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores, dividiéndose entre los conjuntos que igualen en puntaje.
Artículo 41º - Durante sus actuaciones en el concurso, los conjuntos podrán exhibir un máximo de dos (2) carteles publicitarios, uno en cada costado del escenario, cuyas dimensiones no excedan el metro y medio (1 ½) de ancho y un metro (1) de alto.
También quedan autorizados a citar en off, previo a la presentación, el nombre y la dirección de los auspiciantes, no pudiendo sobrepasar el mensaje los sesenta (60) segundos; dicho tiempo será computado como de actuación.
No se sancionará la mención de marcas o firmas publicitarias, (“mechas comerciales”) en el repertorio del conjunto, siempre y cuando el libreto así lo justifique, sin alterar el normal desarrollo del espectáculo.
Los Conjuntos que participen del Concurso Oficial “Carnaval de las Promesas”, no podrán participar en otros Concursos no organizados por A.DI.CA.PRO, dentro o fuera del Departamento, hasta que se emita el fallo de este certamen.
El Conjunto que no cumpla con lo antes expresado, será automáticamente eliminado del Concurso.
Artículo 42º - Los espectáculos del Concurso Oficial podrán ser suspendidos por A.DI.CA.PRO. por mal tiempo u otras razones de fuerza mayor, con una hora de anterioridad como mínimo en relación a la hora fijada como iniciación de los mismos.
A partir de ese momento y por causas similares a las establecidas, solamente el Presidente del Jurado está facultado para suspenderlo total o parcialmente.
Capítulo XI - Las sanciones
Artículo 43º - Las Agrupaciones pueden ser sancionadas por el Jurado, con penas que se determinarán y graduarán en cada caso según la gravedad de la infracción constatada. El Jurado deberá sancionar a todas aquellas agrupaciones con un descuento de puntaje o descalificar por las siguientes causales:
a) Exhibir letreros o efectuar menciones publicitarias más allá de lo autorizado por el Artículo 39, tres (3) puntos.
b) Arrojar globos, pelotas o cualquier objeto a la platea, durante sus actuaciones en el Concurso Oficial, tres (3) puntos.
c) No ceñir sus actuaciones a los repertorios presentados en la División Turismo y Recreación y autorizados por el Instituto Nacional del Menor (INAME). Falta simple - diez (10) puntos; Falta grave - DESCALIFICACION
d) Incluir libretos no inéditos, DESCALIFICACION
e) Incluir música no inédita (Categoría Lubolos), DESCALIFICACION
f) En las Categorías Sociedad de Negros y Lubolos y Escuelas de Samba, la falta de alguno de los elementos y/o personajes que exige el presente reglamento será sancionado con un descuento de tres (3) puntos por cada infracción que se constate.
Artículo 44º - Las llegadas fuera del horario en el que cada Conjunto sea convocado serán sancionadas de acuerdo al siguiente régimen:
Hasta quince (15) minutos, con descuento de tres (3) puntos.
De quince (15) a treinta (30) minutos, con descuento de seis (6) puntos
El Conjunto que llegue con más de treinta (30) minutos de retraso, quedará automáticamente eliminado.
Solamente se exonerará de la aplicación de esta sanción, a las agrupaciones que en caso de concurrir con retraso a los Espectáculos del Concurso Oficial, justifiquen debidamente y de inmediato ante el Jurado de que tal hecho se debió a circunstancias de fuerza mayor, las que deberán ser debidamente certificadas e inspeccionadas.
Artículo 45º - La utilización de personas no inscriptas o que no posean el permiso del Instituto del Niño y el Adolescente (INAU), será penalizada con el descuento del cincuenta (50%) por ciento del puntaje logrado en dicha presentación, lo mismo ocurrirá si el conjunto se excediera en el número de componentes o no llegara al mínimo estipulado en cada categoría.
Artículo 46º - Los Conjuntos que no cumplan con los tiempos de actuación estipulados en cada Categoría, serán penalizados con un descuento de un (1) punto por cada minuto en más o en menos de acuerdo a los tiempos mínimos y máximo establecidos en este Reglamento.
El Jurado admitirá un (1) minuto de tolerancia sobre los tiempos máximos de cada conjunto según su categoría, a efectos de permitir el descenso del conjunto.
El referido minuto será señalado por el reloj instalado en el escenario y a su finalización, el conjunto deberá estar fuera del escenario.
Artículo 47° -Para sus actuaciones en el Concurso Oficial todos los conjuntos dispondrán de un máximo de quince (15) minutos para preparar su función, desde el momento en que reciben el escenario, y diez (10) minutos para dejarlo libre luego de su actuación.
Estos tiempos estarán cronometrados por el Presidente del Jurado, el Secretario, y a la vista, señalado por el reloj instalado en el escenario.
Los Conjuntos que no cumplan con el horario fijado para el comienzo de su actuación o con el previsto para liberar el escenario, serán sancionados de acuerdo al siguiente régimen:
Por un retraso de hasta tres (3) minutos, con el descuento de un (1) punto.
Por un retraso de entre tres (3) y cinco (5) minutos, con el descuento de dos (2) puntos.
A partir del sexto minuto de atraso, el descuento será de un (1) punto por cada minuto.
En el caso de que el retraso se produjera por causas ajenas al Conjunto, el Presidente del Jurado ajustará los horarios, manteniéndose los tiempos asignados a cada categoría, informando inmediatamente de éstos al Delegado de ADICAPRO y a través suyo al Director Responsable del conjunto por actuar.
El control de la entrega del escenario (vacío) al siguiente concursante en los límites establecidos será responsabilidad del Delegado de ADICAPRO.
Artículo 48º -En todos los casos cada punto de sanción tendrá el equivalente que corresponda (por los coeficientes) a la rueda en que se aplique, a saber:
Cada punto de sanción en la 1° rueda se multiplica por doce (12), y en la segunda rueda y Liguilla por quince (15).
Artículo 49° - En caso de sanciones motivadas por otro tipo de infracciones no previstas en este Reglamento, el Jurado podrá aplicarlas de acuerdo a la gravedad de la infracción.
Artículo 50º - En los casos que se apliquen sanciones que signifiquen descuentos en los puntajes adjudicados, se deberá dejar constancia de las mismas en un Acta, la cual será firmada por cada uno de los integrantes del Jurado e introducida en un sobre, el cual será guardado en la urna de votaciones. El descuento de puntaje se concretará en el momento de emitirse los fallos, tanto para la clasificación a la 2ª. RUEDA, a la LIGUILLA, como en el fallo final, restándose del total de los puntos logrados por el Conjunto infractor, en la Rueda correspondiente.
Las sanciones aplicadas se comunicarán de inmediato a la División Turismo y se notificará al Director Responsable del Conjunto infractor y a A.DI.CA.PRO.
En todos los casos, la aplicación de la sanción será fundada e inapelable, no siendo susceptible de recurso de especie alguna.
Artículo 51º - Cuando la sanción decretada signifique una suspensión parcial o total de la Agrupación o su eliminación del Concurso, la misma podrá ser apelada en un plazo no mayor de setenta y dos (72) horas, a partir de su notificación, en la División Turismo.
Capítulo XII - Disposiciones Generales.
Artículo 52º - Todos los casos y situaciones no previstas en este Reglamento, serán resueltos por la División Turismo, y su asesor legal.
Artículo 53º - Por el solo hecho de inscribirse para participar del Carnaval de las Promesas 2010 (tanto para la prueba evaluatoria, como para el concurso oficial), declaran conocer y aceptar en todos sus términos lo establecido en este reglamento.
2.- Comuníquese a la Secretaría General; al Departamento de Descentralización; a las Divisiones Turismo y Comunicación; al Servicio de Turismo y Eventos; y pase a la Unidad de Festejos y Espectáculos.-
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SR. LUIS POLAKOF, Director General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.- |
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