Resolución N° 503/09/3000
Nro de Expediente:
3280-006114-09
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
12/8/2009


Tema:
MULTAS HABILITACION - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,4328 a la firma LAS MALVINAS S.R.L., propietaria del establecimiento destinado a venta de piscinas y artículos de jardín, sito en Avda. Italia Nos. 5226/5214 -2da. Reincidencia-.-

Montevideo, 12 de Agosto de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7, relacionadas con el establecimiento destinado a venta de piscinas y artículos de jardín, sito en Avda. Bolivia Nos. 5226/5214, propiedad de la firma LAS MALVINAS S.R.L., R.U.T. 212304790016, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos y a las multas aplicadas (Resoluciones Nos. 1097/01 de fecha 5/X/01, 601/04/3000 de fecha 5/VII/04 y 126/05/3000 de fecha 28/II/05), no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local, (Habilitaciones Municipales -2da. Reincidencia-);
        2o) que el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R. 19,4328 a la firma titular de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que evaluadas las actuaciones por la Sra. Técnica en Administración Pública, opina que se ha dado cumplimiento con los requisitos legales establecidos y se han aportado todos los datos necesarios para la aplicación de las multas solicitadas;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las



        facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,4328 (Unidades Reajustables diecinueve con cuatro mil trescientas veintiocho diezmilésimas) a la firma LAS MALVINAS S.R.L., R.U.T. 212304790016, propietaria del establecimiento destinado a venta de piscinas y artículos de jardín, sito en Avda. Italia Nos. 5226/5214, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, si la multa permaneciera impaga, esta repartición informará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese a la División Región Este y pase -por su orden- al Sector Despacho para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No.7.-

SRA. MIRIAM RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Descentralización.-