Resolución N° 779/01/3000
Nro de Expediente:
3220-012761-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
6/8/2001


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 11,8728, a la firma Embotelladora del Uruguay S.A., con domicilio legal en Avda. Millán No. 4284, responsable de la marquesina instalada en Plaza Cagancha No. 1149.-

Montevideo, 6 de Agosto de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la regularización de la marquesina colocada en la finca sita en Plaza Cagancha No. 1149, de la cual es responsable la firma Embotelladora del Uruguay S.A., R.U.C. 210114160015, con domicilio a los efectos legales en Avda. Millán No. 4284;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que pese a los plazos concedidos y a las intimaciones efectuadas no se procedió a regularizar la altura de la misma (mayor a la reglamentaria), o de lo contrario a su retiro, por lo que se debería aplicar una multa de U.R. 11,8728, por infracción a lo establecido en la Sección II, Art. 3o., Numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección Profesional de este Departamento, sugiere la aplicación de la multa de referencia por mantenerse la situación incambiada;
        2o.) que por Resolución No. 2.478/00, del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 11,8728 (Unidades Reajustables once con ocho mil setecientas veintiocho diezmilésimas) a la firma Embotelladora del Uruguay S.A., R.U.C. 210114160015, con domicilio a los efectos legales en Avda. Millán No. 4284, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 .-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Director General del Departamento de Descentralización.-