Resolución N° 4104/02
Nro de Expediente:
0001-000709-98
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
18/10/2002


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se modifica la Resolución No. 4706/02, de 23/11/98, relacionada con la expropiación de los inmuebles empadronados con los Nos. 183.920 y 183.921, pertenecientes a la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia.-

Montevideo, 18 de Octubre de 2002.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con los predios empadronados con los Nos. 183.920 y 183.921, afectados por el ensanche de la Avda. del Libertador Brig. Gral. Lavalleja, propiedad de la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia;
          RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 4706/98, de 23 de noviembre de 1998, se dispuso adquirir a dicha Comunidad, a través de la Comisión Financiera de la Rambla Sur, libre de obligaciones y gravámenes, por la suma de U.R. 4000, los citados bienes inmuebles, ambos derivados de los padrones anteriores Nos. 12.587 y 12.586, respectivamente, ubicados en la 8a. Sección Judicial de Montevideo;
          2o.) que la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia presentó nota ante la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros, comunicando que en reunión extraordinaria del Consejo Provincial de 10/9/02, se resolvió aceptar la propuesta de modificación del precio del convenio de expropiación de los referidos inmuebles, consistente en el pago de U.R. 3000, en lugar de las U.R. 4000 acordadas inicialmente, efectuándose el pago en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas, señalando que se estipuló como condición que esta Intendencia Municipal deberá hacerse cargo de la demolición, construcción de la vereda, como así también de la construcción de todo el muro sobre la Avda. del Libertador y la calle Nicaragua;
          3o.) que por lo expuesto, en dicha nota solicitan se comunique la aceptación por parte de esta Administración de dicha propuesta, tomando en cuenta que la modificación adicional dispuesta por la Comunidad fue motivada por la rebaja de precio pactado originalmente y el consiguiente perjuicio económico sufrido ante el transcurso del tiempo (1998-2002) y la privación de alquileres y libre disponibilidad de los inmuebles por la afectación soportada, lo que se estima a la fecha en la suma de $ 1:825.000;
          4o.) que con fecha 17 de octubre del año en curso, el Secretario Ejecutivo de la Comisión Financiera de la Rambla Sur, remite las actuaciones señalando que se entiende conveniente aceptar la mencionada propuesta, habiéndose coordinado con el Servicio de Escribanía y el Departamento de Recursos Financieros, las modalidades del trámite a seguir para hacer efectiva la escrituración y el pago en el plazo más breve posible;
          5o.) que en tal sentido, solicita: a) la modificación de la Resolución No. 4706/98 estableciendo que el precio será el equivalente a 3000 UR, pagadero en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas; b) encomendar al Servicio de Escribanía la preparación de la documentación correspondiente a los efectos de viabilizar la operación de adquisición y c) encomendar a la Comisión Financiera de la Rambla Sur, el cumplimiento de los aspectos que se derivan del Convenio suscrito el 29/7/98, con las modificaciones establecida en la nota de la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia, debiéndose realizar las previsiones presupuestales correspondientes en la primera oportunidad en que ello sea posible;




          CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad con lo informado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Modificar la Resolución No. 4706/978, de 23 de noviembre de 1998, estableciendo que el precio para adquirir a la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia, los inmuebles empadronados con los Nos. 183.920 y 183.921, será la suma de U.R. 3000 (TRES MIL UNIDADES REAJUSTABLES), pagadera en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.-
          2.- Encomendar al Servicio de Escribanía la preparación de la documentación correspondiente a los efectos de viabilizar la operación de adquisición de los inmuebles de que se trata.-
          3.- La Comisión Financiera de la Rambla Sur tendrá a su cargo el cumplimiento de los aspectos que se derivan del Convenio suscrito el 29/7/98, con las modificaciones establecidas en la nota de 16 de setiembre de 2002, de la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia, luciente a fs. 105 de estas actuaciones, debiéndose realizar las previsiones presupuestales correspondientes en la primera oportunidad que ello sea posible.-
          4.- Comuníquese a la Comunidad de Hermanos de la Sagrada Familia, al Departamento de Recursos Financieros, a la Contaduría General, a los Servicios de Escribanía, de Catastro y Avalúo y pase a la Comisión Financiera de la Rambla Sur.-
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-