Resolución N° 458/06/4000
Nro de Expediente:
4114-001228-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/6/2006


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 24,7350 U.R. al Sr. Miguel Angel D'Amico Bidegain por fallas constructivas en la calle Zabala Nos. 1284/86.-

Montevideo, 5 de Junio de 2006.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 4108, sito en la calle Zabala Nos. 1284/86, propiedad del Sr. Miguel Angel D'Amico Bidegain C.I. Nº 1:006.587-4;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Numeral 2º de la Resolución Nº 165/05/4000 del 8/III/05; b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 24,7350 U.R., según lo que establece el literal A, inciso c, numeral 12, Art. 3º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará por concepto de contumacia una nueva sanción y así como será de aplicación el Decreto N° 29.434, Art. 33 y lo previsto en el inciso b) de la Resolución N° 5622/04 del 22/XI/04 modificativa de la Resolución N° 276/02 del 21/I/02, consistente en un incremento de la contribución inmobiliaria del 75%.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 24,7350 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas) al Sr. Miguel Angel D'Amico Bidegain C.I. Nº 1:006.587-4, propietario del inmueble sito en la calle Zabala Nos. 1284/86, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una nueva sanción por concepto de contumacia así como un incremento en la contribución inmobiliaria del 75% (setenta y cinco por ciento) según el Decreto N° 29.434, Art. 33 y lo previsto en el inciso b) de la Resolución N° 5622/04 del 22/XI/04.-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-