Resolución N° 2360/14 | Nro de Expediente:
2512-000347-13 |
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL | Fecha de Aprobación:
9/6/2014 |
Tema:
PARQUE TECNOLOGIO E INDUSTRIAL DEL CERRO
Resumen:
Aprobar el texto de los convenios a suscribir entre la Intendencia de Montevideo y la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) por el equipamiento mínimo necesario para la instalación de un aula/laboratorio para capacitación en Fibras Ópticas para el Parque Tecnológico Industrial del Cerro.
Montevideo, 9 de Junio de 2014.- |
VISTO: estas actuaciones relacionadas con los convenios a suscribir entre la Intendencia de Montevideo y la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL);
RESULTANDO: 1o.) que estos tienen por objeto la obtención del equipamiento mínimo necesario para la instalación de un aula/laboratorio para capacitación en Fibras Ópticas para grupos de alumnos de la zona del Parque Tecnológico Industrial del Cerro y las herramientas de mano como forma de colaborar con el proyecto educacional y productivo;
2o.) que los textos de los convenios que se propone aprobar recogen las observaciones efectuadas por la División Asesoría Jurídica y la conformidad del Servicio de Castastro y Avalúo;
CONSIDERANDO: que a tales efectos la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando la aprobación de las cláusulas de los convenios a suscribir entre las partes;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Convalidar lo actuado, aprobando el siguiente texto de:
CONVENIO. En Montevideo, el día.......de...................de 2014, comparecen POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante: IdeM) con domicilio en Av. 18 de Julio 1360 de esta ciudad, inscripta en el Registro Unico Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 211763350018 representada en este acto por ........................en su calidad de Intendenta de Montevideo; Y POR OTRA PARTE: la Administración Nacional de Telecomunicaciones (en adelante Antel) representada en este acto por su Presidenta Ingeniera Carolina Cosse y por su Gerente General Ingeniero Andrés Tolosa, con domicilio en Guatemala 1075, en adelante también denominados individualmente La Parte o conjuntamente las Partes y expresan lo siguiente:
ANTECEDENTES: 1) El Parque Tecnológico Industrial del Cerro (PTIc) perteneciente a la IdeM requiere servicios de telecomunicaciones para su funcionamiento. 2) En ese marco se ha realizado en el día de hoy, un convenio entre las partes a los efectos de obtener el equipamiento mínimo necesario para la instalación de un aula/laboratorio para capacitación en Fibras Ópticas (empalme y mediciones) para diferentes grupos de alumnos de la zona de influencia del PTIc, con base fundamental en el convenio realizado con la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). 3) Actualmente se ha valorado la necesidad de ampliar los servicios de telecomunicaciones que brinda Antel para un mayor beneficio del PTIc y sus usuarios. 4) Antel está en condiciones de brindar los servicios requeridos por el PTIc.
PRIMERO: Antel se compromete a brindar los siguientes servicios:
a) instalación de 4 sitios WiFi en 4 zonas de acceso público (comedor, Centro Cultural, Centro de Capacitación, salones y alojamiento en construcción en el piso 3o.) de acuerdo al proyecto realizado por Antel.
b) acceso a internet de los 4 sitios WiFi por 5 años mediante 6 Internet Emprendedor.
c) servicio Internet Emprendedor 30/10 Mbps sobre fibra residencial por 5 años (este servicio se brindará una vez que la fibra esté disponible en la zona).
d) tendido de fibra óptica hasta el predio.
e) cobertura celular de las diversas tecnologías.
SEGUNDO: La IdeM, en el PTIc. brindará a Antel:
a) áreas de la azotea del Edificio Verde, delimitada en color rojo de acuerdo al Plano adjunto (Anexo 1) que pasa a formar parte del presente, a efectos de instalar equipos de telecomunicaciones, siempre que no medien impedimentos técnicos para dicha instalación.
b) un espacio en planta baja (en Edificio Verde) de 7mx5mx3.55m. con salida al exterior de acuerdo al Plano adjunto (Anexo 2) que pasa a formar parte del presente, para Sala Técnica para instalación de infraestructura de telecomunicaciones por parte de Antel.
Antel se compromete a otorgar a la IdeM (PTIc) la prestación del servicio WiFi y la IdeM autoriza la instalación de la correspondiente cartelería de señalización, con identificación de Antel.
Las partes dejan constancia del derecho de acceso de Antel al sitio, mediante acta de instalación de 1o. de noviembre de 2013 en la que se hace referencia al presente Convenio en el Anexo 2.
TERCERO: Precio.- 1) Por los servicios detallados en la cláusula Primero, Antel facturará mensualmente a la IdeM (PTIc) la suma de U$S 1.187,oo impuestos incluidos (mil ciento ochenta y siete dólares estadounidenses). 2) Por su parte y por concepto de arrendamiento de los espacios detallados en la cláusula Segundo, la IdeM (PTIc) facturará (o emitirá documento similar) mensualmente la suma de U$S 1.187,oo (mil ciento ochenta y siete dólares estadounidenses). La cancelación de los importes mensuales adeudados recíprocamente por las partes se realizará mediante compensación de saldos e intercambio de los respectivos documentos.
CUARTO: Responsabilidad. Será responsabilidad de la IdeM cualquier daño sufrido por los equipos e instalaciones de Antel por mal uso, negligencia, accidente u otras situaciones extraordinarias imputables a la IdeM (PTIc) o sus dependientes, que no sean una falla espontánea de los mismos, caso fortuito o fuerza mayor, debiendo abonar a Antel el costo total o de reparación de los equipos o instalaciones, según corresponda. Responsabilidad de Antel: Antel asume la responsabilidad ante cualquier daño y perjuicio que siéndole imputable, pudiere ocasionar a la IdeM o a terceros como consecuencia del establecimiento de los equipos de su propiedad, desde su instalación hasta el desmantelamiento.
QUINTO: La IdeM se compromete a asegurar y facilitar el acceso a las instalaciones al personal técnico de Antel o aquel que ésta designe, debidamente identificados, a efectos de realizar instalaciones, reparaciones, mantenimiento y control, conexión y desconexión de servicios.
SEXTO: El plazo del presente Convenio será hasta el 30 de junio de 2015 desde la fecha de la suscripción del presente documento. La IdeM se compromete, previa solicitud de ANTEL a esos efectos, a gestionar ante la Junta Departamental de Montevideo, la extensión del plazo de este contrato hasta el 30 de junio de 2020.
SÉPTIMO: Las partes acuerdan que los derechos y obligaciones derivados de este convenio no podrán ser cedidos a terceros salvo que medie acuerdo previo por escrito.
OCTAVO: Los consumos de energía eléctrica derivados del funcionamiento en los espacios establecidos en la cláusula Segunda, literales a) y b) serán de cargo de Antel. A dichos efectos y según las resultancias de la toma de los consumos del contador que se instalará, la IdeM facturará a Antel , mensualmente, los importes que correspondan.
NOVENO: Las comunicaciones entre Las Partes serán realizadas por correo electrónico, u otro medio idóneo admitido legalmente que permita acreditar fehacientemente el día, hora y contenido de la comunicación. Estas comunicaciones serán plenamente válidas entre Las Partes a todos los efectos de este Convenio, debiendo incluirse en las mismas las direcciones que cada una de ellas ha constituido en la comparecencia del presente instrumento, las que se mantendrán vigentes mientras no se notifique fidedignamente por los medios prenunciados, la voluntad de constituir un nuevo domicilio.
DÉCIMO: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos del presente Convenio, en los declarados como suyos en la comparecencia.
DECIMO PRIMERO: Las partes hacen constar que los efectos de este convenio se retrotraen a la fecha en que se realizó el Acta de Instalación de 1º de noviembre de 2013.
DECIMO SEGUNDO: Las partes convalidan lo actuado entre ellas entre el 1º de noviembre de 2013 hasta la firma del presente documento.
Para constancia y como prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha señalados en la comparecencia.
2.-Convalidar lo actuado, aprobando el siguiente texto de:
CONVENIO.- En Montevideo, el día ....de.................. de 2014 comparecen, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante: la IdeM) con domicilio en Av. 18 de Julio 1360 de esta ciudad, inscripta en el Registro Unico Tributario de la Dirección General Impositiva con el Nº 211763350018 representada en este acto por ........................en su calidad de Intendenta de Montevideo; Y POR OTRA PARTE: la Administración Nacional de Telecomunicaciones (en adelante Antel) representada en este acto por su Presidenta Ingeniera Carolina Cosse y por su Gerente General Ingeniero Andrés Tolosa, con domicilio en Guatemala 1075, en adelante también denominados individualmente La Parte o conjuntamente Las Partes y expresan lo siguiente:
ANTECEDENTES: 1) El Parque Tecnológico Industrial del Cerro (PTIc) perteneciente a la IdeM y administrado por la Comisión Administradora del Parque Tecnológico e Industrial del Cerro (en carácter de Comisión Especial Delegada art. 278 de la Constitución de la República), (en adelante: CAPIT), requiere servicios de telecomunicaciones para su funcionamiento. 2) Asimismo la IdeM. ha realizado un convenio marco con el Consejo de Educación Técnico Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública (CETP-ANEP) para la instalación de un centro educativo, de formación, investigación y trabajo coordinado con las empresas ubicadas en el predio del PTIc, ofreciéndoles un espacio de investigación e innovación en busca de caminos para el desarrollo de proyectos conjuntos. 3) En el marco anterior ya se ha realizado un Centro de Capacitación donde docentes del CETP-ANEP están desarrollando cursos de capacitación a los interesados, con una gran respuesta por parte de los mismos. 4) Todo ello con la finalidad de crear un espacio de interrelación entre el sistema productivo y el sistema educativo uruguayo, con el objetivo de generar una cultura imprescindible de sinergia entre dos dimensiones (educación-producción, producción-educación) que a la postre llevarán a la conformación de grupos que participen en el desarrollo económico y por lo tanto, social. 5) La IdeM se comprometió asimismo a realizar gestiones ante distintos actores, a los efectos de poder brindar las condiciones para un mejor desarrollo de estas actividades. 6) Para ello y entre otros, la IdeM ha mantenido contactos con Antel, quien está en condiciones de brindar los equipamientos mínimos requeridos para la instalación de un aula/laboratorio para capacitación en Fibras Ópticas (empalme y mediciones) para trabajar con grupos interesados en capacitarse.
PRIMERO: Antel se compromete a brindar a la IdeM en el PTIc. el equipamiento mínimo necesario para instalar un aula/laboratorio para capacitación en Fibras Ópticas (empalme y mediciones), así como también las herramientas de mano, como forma de colaborar con el proyecto educacional y productivo arriba mencionado. El equipamiento mínimo necesario y las herramientas de mano consistirán en:
2 Empalmadoras de Fibra Óptica por fusión (alineación por núcleo)
2 Cortadoras manuales
1 Cortadora eléctrica
1 Indicador de tráfico
2 Power meter
1 Light Source
2 Emisores de luz para fibra óptica (VFL)
4 Kits para abrir cable (tijeras de empalmador, trinchetas, peladores de cubierta)
4 Kits para fibra (peladoras de tubo, pinzas peladoras de 125 y 900 micras)
4 Kits de limpieza (líquido limpiador, servilletas, etc.)
1 Juego de llaves Allen
3 Pinzas de punta, 3 pinzas de corte y 3 pinzas de fuerza
3 Juegos de destornilladores
SEGUNDO: La IdeM, en el PTIc., brindará a Antel:
a) áreas de la azotea del Edificio Verde, delimitada en color rojo de acuerdo al Plano adjunto (Anexo 1) que pasa a formar parte del presente, a efectos de instalar equipos de telecomunicaciones, siempre que no medien impedimentos técnicos para dicha instalación. b) un espacio en planta baja (en Edificio Verde) de 7mx5mx3.55m. con salida al exterior de acuerdo al Plano adjunto (Anexo 2) que pasa a formar parte del presente, para Sala Técnica para instalación de infraestructura de telecomunicaciones por parte de Antel. Las partes dejan constancia del derecho de acceso de Antel al sitio, mediante acta suscrita el 1o. de Noviembre de 2013 en la que se hace referencia al presente Convenio.
TERCERO: Precio. 1) Por el equipamiento mínimo necesario para instalar un aula/laboratorio para capacitación en Fibras Ópticas (empalme y mediciones), así como también las herramientas de mano, Antel facturará a IdeM la suma de U$S 23.656,oo (veintitrés mil seiscientos cincuenta y seis dólares estadounidenses) impuestos incluidos. 2) Por su parte y por el plazo de 20 (veinte) meses contados a partir del 1º de noviembre de 2013 y por concepto de arrendamiento de los espacios detallados en el literal SEGUNDO, la IdeM facturará (o emitirá documento similar) a Antel la suma de U$S 23.656,oo (veintitrés mil seiscientos cincuenta y seis dólares estadounidenses).
La cancelación de los importes mensuales adeudados recíprocamente por las partes se realizará mediante compensación de saldos e intercambio de los respectivos recibos.
CUARTO: Responsabilidad. Será responsabilidad de la IdeM cualquier daño sufrido por los equipos e instalaciones de Antel por mal uso, negligencia, accidente u otras situaciones extraordinarias imputables a la IdeM , sus dependientes, que no sean una falla espontánea de los mismos, caso fortuito o fuerza mayor, debiendo abonar a Antel el costo total o de reparación de los equipos o instalaciones, según corresponda. Responsabilidad de Antel: Antel asume la responsabilidad ante cualquier daño y perjuicio que siéndole imputable, pudiere ocasionar a la IdeM en las instalaciones del PTIc, o a terceros como consecuencia del establecimiento de los equipos de su propiedad, desde su instalación hasta el desmantelamiento.
QUINTO: La IdeM se compromete a asegurar y facilitar el acceso a las instalaciones al personal técnico de Antel o aquel que ésta designe, debidamente identificados, a efectos de realizar instalaciones, reparaciones, mantenimiento y control, conexión y desconexión de servicios en las instalaciones del PTIc.
SEXTO: El plazo del presente Convenio será hasta el 30 de junio de 2015 desde la fecha de la suscripción del Acta de Ocupación de fecha 1º. de noviembre de 2013. Cumplido el plazo antedicho las partes renegociarán su renovación salvo que cualquiera de ellas haga saber a la otra su voluntad de no renovar con una antelación de 180 días calendario previo al vencimiento del presente.
SEPTIMO: Las partes acuerdan que los derechos y obligaciones derivados de este convenio no podrán ser cedidos a terceros salvo que medie acuerdo previo por escrito.
OCTAVO: Las comunicaciones entre Las Partes serán realizadas por correo electrónico, u otro medio idóneo admitido legalmente que permita acreditar fehacientemente el día, hora y contenido de la comunicación. Estas comunicaciones serán plenamente válidas entre Las Partes a todos los efectos de este Acuerdo, debiendo incluirse en las mismas las direcciones que cada una de ellas ha constituido en la comparecencia del presente instrumento, las que se mantendrán vigentes mientras no se notifique fidedignamente por los medios prenunciados, la voluntad de constituir un nuevo domicilio.
NOVENO: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos del presente Convenio, en los declarados como suyos en la comparecencia.
DECIMO: Las partes hacen constar que los efectos de este convenio se retrotraen a la fecha en que se realizó el Acta de Instalación de 1º de noviembre de 2013.
DECIMO PRIMERO: Las partes convalidan lo actuado entre ellas entre el 1º de noviembre de 2013 hasta la firma del presente documento.
Para constancia y como prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha señalados en la comparecencia.
3.- Comuníquese a la Secretaría General; a la División Asesoría Jurídica; y pase por su orden a la Contaduría General, a los Servicios de Relaciones Públicas y de Escribanía para coordinar la formalización del presente convenio.
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ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.- |
RICARDO PRATO, Secretario General.- |
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