Resolución N° 74/17
Nro de Expediente:
2016-9770-98-000315
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
9/1/2017


Tema:
CONDOMINIOS

Resumen:
Se enajena el predio Padrón N° 423.523 del ex-Barrio en Condominio N° 6, sito en la calle Esperanza Nº 7904, a favor de la Sra. Clotilde Romana Robaina Borge.-

Montevideo, 9 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: que la Sra. Clotilde Romana Robaina Borge, C.I. Nº 3.630.317-7 solicita se le enajene el predio empadronado con el N° 423.523 del ex-Barrio en Condominio N° 6, sito en la calle Esperanza Nº 7904;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) se han cumplido los requisitos para proceder a la adjudicación de dicho inmueble en los términos del numeral 1º de la Resolución Nº 4636/98 del 16/XI/98; b) se dio cumplimiento a lo dispuesto por Resolución Nº 8.079 del 20/IX/88 en cuanto a abonar la suma de 20 U.R.; c) el solar se encuentra en condiciones reglamentarias en virtud de que la evacuación de las aguas servidas se resuelve dentro de su propia área sin causar perjuicios a terceros y d) por lo expuesto y teniendo en cuenta que el precio de enajenación ha sido abonado en su totalidad, se propicia su regularización;
        2°) que la División Tierras y Hábitat presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde dictar resolución en tal sentido;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar el predio empadronado con el N° 423.523 del ex-Barrio en Condominio N° 6, sito en la calle Esperanza Nº 7904, a favor de la Sra. Clotilde Romana Robaina Borge, C.I. Nº 3.630.317-7.-
        2º.- Comuníquese al Municipio G, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 12, a



        la Contaduría General y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-