Resolución N° 304/04/3000
Nro de Expediente:
4360-003700-02 3000-003023-02
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
23/4/2004


Tema:
MULTAS SALUBRIDAD

Resumen:
Aplicar multa al Sr. Pablo Bazzini, propietario de la finca sita en Cno. Carrasco No. 5288 Block "A" Apto. 204 Complejo Habitacional CH 78 ( retiro de canes y limpieza total y permanente de los lugares afectados)

Montevideo, 23 de Abril de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la infracción a lo dispuesto en el Art. D. 2.161 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, comprobada por el Servicio de Salubridad Pública en la finca, sita en Cno. Carrasco No. 5288 Block "A" Apto. 204 Complejo Habitacional CH 78, propiedad del Sr. Pablo Bazzini, C.I. 1.757.003-4;
        RESULTANDO: 1o) que se intimó en varias oportunidades a proceder al retiro de los animales allí existentes (canes), así como también a la limpieza total y permanente de los lugares afectados, bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de U.R. 24,5338 (reincidencia);
        2o) que en inspección realizada con fecha 24/III/04, se pudo comprobar que no se dio cumplimiento a lo intimado, por lo que correspondería la aplicación de la sanción, de acuerdo con lo determinado en el Art. 4o., apartado h) y Arts. 21o. y 22o. respectivamente ( contumacia y reincidencia) del Decreto No. 21.626 y Resolución No. 5.830/88 de fecha 14/VII/88;
        3o) que la División Salud y Programas Sociales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2.478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas de

        hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de U.R. 24,5338 ( Unidades Reajustables veinticuatro con cinco mil trescientas treinta y ocho diezmilésimas), al Sr. Pablo Bazzini, C.I. 1.757.003-4, propietario de la finca sita en Cno. Carrasco No. 5288 Block "A" Apto. 204 Complejo Habitacional CH 78, por infringir lo dispuesto en el Art. D . 2.161 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3. Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para la notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio de Salubridad Pública a sus efectos.-

DR. MIGUEL FERNANDENZ GALEANO , Director General (I) del Departamento de Descentralización.-