Resolución N° 2545/04
Nro de Expediente:
4112-005026-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
7/6/2004


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado fábrica de banderas, banderines, estampados y afines, Cuaró Nos. 3154 b/56, Famet Ltda.-

Montevideo, 7 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: que Famet Ltda. solicita regularizar el establecimiento destinado a fábrica de banderas, banderines, estampados y afines, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 53.923 y 53.924 , sito con frente a la calle Cuaró Nos. 3154 b/56;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada ya autorizada de 1.821 m2, a regularizar 330 m2, contando el predio con una superficie de 1.867 m2;
        2º) que la Comisión Especial Permanente del Prado informa que: a) de acuerdo a las Normas Complementarias derivadas del Plan de Ordenamiento Territorial, el establecimiento supera el área máxima admitida para servicios industriales compatibles con el uso residencial preferente; b) no se verifican molestias o perjuicios derivados por su actividad; c) desde el punto de vista urbano, no existe una imagen que afecte el carácter residencial de la zona y d) por lo expuesto propicia su autorización con carácter precario y revocable, aconsejando que su habilitación no se otorgue por un plazo mayor a 2 años;
        3º) que la Junta Local de la Zona Nº 16 comparte lo aconsejado;
        4º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones que formular, debido a que no se genera movimientos vehiculares de relevancia y a que el establecimiento cuenta con espacio interno para la carga y descarga de mercaderías;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 13 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal y por el plazo de 2 (dos) años, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a fábrica de banderas, banderines, estampados y afines, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 53.923 y 53.924 , sito con frente a la calle Cuaró Nos. 3154 b/56, propiedad de Famet Ltda., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías, así como el estacionamiento de vehículos deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        c) no se trabaje fuera de la jornada diurna de labor declarada;
        d) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se produzcan ampliaciones de ningún tipo del establecimiento que modifiquen las actuales características;
        f) el estacionamiento vehicular deberá ajustarse a lo dispuesto por Decreto Departamental Nº 29.118;
        g) se obtenga el certificado del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas;
        h) el presente trámite aprueba destinos y áreas del local, no implicando autorización para la construcción en zonas de ensanche y retiros;
        i) se obtenga el certificado de Higiene Ambiental del Ministerio de Salud Pública;
        j) el período de vigencia de la habilitación no superará el plazo de vigencia de la presente viabilidad de usos;
        k) no se depositarán productos alimenticios ni aquellos que a juicio de la Dirección Nacional de Bomberos y el Servicio de Salubridad, puedan producir riesgos o perjuicios al medio ambiente; y
        l) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 16 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-