Resolución N° 3495/08
Nro de Expediente:
2500-002191-08
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
11/8/2008


Tema:
GASTO Y PAGO

Resumen:
Convalidar lo actuado por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, autorizando, el gasto y pago a favor de la empresa "Flex Club del Prado".

Montevideo, 11 de Agosto de 2008.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el pago a la empresa Flex Club del Prado por la suma de $ 58.125.37;

          RESULTANDO: 1o.) que la División Turismo informa que el gasto responde al servicio de Catering ofrecido en el mes de abril de 2003 durante la Semana Criolla;

          2o.) que asimismo señala que la empresa recién completó los trámites de inscripción como proveedor en el año 2004, lo que demoró la regularización del pago el que debió efectuarse en ese momento;

          3o.) que la Unidad Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional efectúa la Solicitud SEFI Nº 110582;

          CONSIDERANDO: que en mérito a lo expuesto y con el fin de no dilatar las obligaciones contraídas por la Administración, la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución disponiendo el pago gestionado;

        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
          1.- Convalidar lo actuado por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, autorizando, el gasto y pago de la suma de $ 58.125.37 (pesos uruguayos cincuenta y ocho mil ciento veinticinco con 37/100), impuestos incluídos, a favor de la empresa "Flex Club del Prado".
          2.- Establecer que la erogación de referencia será atendida según Solicitud SEFI Nº 110582.
          3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; a la División Turismo y remítase a sus efectos a la Contaduría General.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-