Resolución N° 1183/15
Nro de Expediente:
2220-000629-15
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/3/2015


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto para exonerar a la Comunidad de los Padres Pasionistas del Uruguay, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 902.749.555, matrícula SBR 4125, por el ejercicio 2015, indicando que la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 17.083,00.

Montevideo, 16 de Marzo de 2015.-
 
        VISTO: la gestión de la Comunidad de los Padres Pasionistas del Uruguay que solicita exoneración de pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 902.749.555, matrícula SBR 4125;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el ejercicio 2014, según Decreto No. 35.165 de 3/07/2014;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Vehiculares informa que no han surgido normas que modifiquen la situación de la entidad peticionante, lo que posibilitaría acceder a la exención por el ejercicio 2015, indicando que la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 17.083,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos sugiere el dictado de resolución solicitando anuencia a la Junta Departamental para exonerar del tributo de Patente de Rodados, al vehículo propiedad de la Comunidad de los Padres Pasionistas del Uruguay;
        CONSIDERANDO: que la Dirección

        General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad, previa anuncia de la Junta Departamental de Montevideo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para exonerar a la Comunidad de los Padres Pasionistas del Uruguay, del pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 902.749.555, matrícula SBR 4125, por el ejercicio 2015, indicando que por la exoneración que se otorga la Intendencia dejará de percibir la suma aproximada de $ 17.083,00 (pesos uruguayos diecisiete mil ochenta y tres).-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (l).-