Resolución N° 5864/12
Nro de Expediente:
1504-002297-12
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
28/12/2012


Tema:
VARIOS

Resumen:
Nuevas tarifas del Servicio de Transporte Colectivo Urbano, vigentes a partir de las 00:00 horas del día 2 de enero de 2013.

Montevideo, 28 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: la necesidad de adecuar las tarifas del transporte colectivo urbano, producto de los incrementos en los costos del sistema;
        RESULTANDO: 1º) que la División Tránsito y Transporte informa que: a) para el periodo comprendido entre la última modificación y la presente, se proyecta una variación del índice de precios al consumo de 7,48 %, que incide directamente en distintos costos del sistema; b) se registró durante el año 2011, 2012 y se estima continuará en el año 2013 una tendencia a la estabilización en los viajes realizados en el sistema; c) surge la necesidad de realizar una corrección en la tarifa, teniendo como objetivo mantener la estabilidad económica de las empresas de transporte colectivo de pasajeros; d) se continúa con el proceso de renovación de flota y la incorporación de unidades con Accesibilidad Universal, lo que se traduce en mejoras en las condiciones de movilidad para los usuarios, así como mejoras medioambientales para la ciudad; e) los salarios de los trabajadores del sector verificarán ajuste con fecha 1º de marzo y 1º de setiembre de 2013, según surge de lo establecido de los decretos del Consejo de Salarios Nº 429 y Nº 489 de diciembre de 2011 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Economía y Finanzas; f) se considera necesario adecuar las variaciones de costos en concordancia con los valores de protección del área metropolitana; 2º) que: a) es política de esta Administración, dar prioridad a la función social que cumplen los servicios de transporte colectivo, tal como se estableció en el Considerando 1º de la Resolución Nº 7 bis/90; b) corresponde tomar en consideración las distintas variaciones de incidencia en los costos del sistema de transporte que se han verificado, recomendando los nuevos precios que la presente resolución establece; c) a partir del ajuste establecido por Resolución Nº 3013/96, vigente desde el 08/07/96, se introdujo en los mecanismos de fijación de la tarifa, un sistema de redondeo compensado, que implica que los mayores ingresos que las empresas perciban en las primeras semanas de vigencia de la misma, se destina a sufragar el déficit que se produce a partir de un momento de equilibrio;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad entiende pertinente proveer de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Fijar a partir de la hora 00:00 del día 02/01/2013, los siguientes valores de los viajes para los servicios del transporte colectivo urbano de pasajeros:
        VIAJE COMÚN Y VIAJE UNA HORA: $ 20.00 (pesos uruguayos veinte)
        VIAJE JUBILADO O PENSIONISTA Categoría “A”: $ 6.00 (pesos uruguayos seis)
        VIAJE JUBILADO O PENSIONISTA Categoría “B”: $ 10.00 (pesos uruguayos diez)
        VIAJE DE ESTUDIANTE Categoría “A”: $ 10.00 (pesos uruguayos diez)
        VIAJE DE ESTUDIANTE Categoría “B”: $ 14.00 (pesos uruguayos catorce)
        VIAJE ZONAL: $ 11.00 (pesos uruguayos once)
        VIAJE CENTRICO: $ 13.00 (pesos uruguayos trece)
        VIAJE DIFERENCIAL: $ 30.00 (pesos uruguayos treinta)
        VIAJE DOS HORAS: $ 30.00 (pesos uruguayos treinta)
        VIAJE COMBINACION METROPOLITANA: $ 30.00 (pesos uruguayos treinta).
        2.- Las empresas deberán exponer en un lugar visible, en el interior de cada coche, los precios de los distintos viajes, identificados con los distintivos que éstos lucen.-
        3.- Comuníquese a los Municipios: A, B, C, CH, D, E, F, G, al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones: Prensa y Comunicación y Tránsito y Transporte, y pase a la Unidad de Planificación del Transporte Urbano par su conocimiento y notificación a todas las empresas operadoras del sistema de transporte colectivo.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-