Resolución N° 529/15
Nro de Expediente:
4003-000016-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
2/2/2015


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declaran exonerados a los promitentes compradores de las unidades del Complejo Habitacional CH 122, Edificio "Casa del Virrey", del pago del 80% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a las unidades del padrón No. 3.322, por el ejercicio 2014, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma total aproximada de $ 79.748,00.

Montevideo, 2 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: la gestión de los promitentes compradores del Complejo Habitacional CH 122, padrón No. 3.322, ubicado en la calle Piedras No. 562, Edificio "Casa del Virrey", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        RESULTANDO: 1o.) que los gestionantes han sido beneficiados con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades;
        2o.) que la Comisión Especial Permanente de la Ciudad Vieja informa que realizada la inspección se constató que el estado de mantenimiento de la construcción es bueno, quedando pendientes trabajos de mantenimiento observados en inspección de marzo de 2010, por lo que se resuelve propiciar la exoneración del 80% de la Contribución Inmobiliaria por el período de un año a partir del ejercicio fiscal siguiente al de su aprobación, según lo establecido por el Decreto No. 29.884 en su Capitulo II, Inciso 2.3;
        3o.) que la Unidad del Patrimonio expresa que corresponde otorgar el 80% de exoneración de Contribución Inmobiliaria por el período de un año a las unidades 002, 003, 004, 005, 006, 008, 101, 102, 104, 105, 106, 107 y 108 del padrón No. 3.322, por ser las unidades solicitantes, indicando que el otorgamiento de futuras exoneraciones queda condicionado a la realización de las tareas de mantenimiento pendientes y de las nuevas obras mencionadas a obrados;
        4o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde promover resolución exonerando del 80% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a las unidades 002, 003, 004, 005, 006, 008, 101, 102, 104, 105, 106, 107 y 108 del padrón No. 3.322, por el ejercicio 2014, al amparo del Decreto No. 29.884 de 4 de abril de 2002, Art. 2, Inciso 2.3 "Correcto Mantenimiento", por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma total aproximada de $ 79.748,00;
        5o.) que la División Administración de Ingresos comparte el informe precedente;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerados a los promitentes compradores de las unidades del Complejo Habitacional CH 122, Edificio "Casa del Virrey", del pago del 80% (ochenta por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 3.322 cuyas unidades y cuentas corrientes de detallan:
        PADRON CUENTA CORRIENTE
        002 2679705
        003 2679691
        004 2679709
        005 2679693
        006 2679706
        008 2679708
        101 2679704
        102 2679690
        104 2679688
        105 2679687
        106 2679686
        107 2679685
        108 2679684
        2o.- Dicha exoneración se otorga al amparo de lo establecido en el Decreto No. 29.884 de 4 de abril de 2002, Art. 2, Inciso 2.3, por el ejercicio 2014, por lo que la Intendencia dejará de percibir la suma total aproximada de $ 79.748,00 (pesos uruguayos setenta y nueve mil setecientos cuarenta y ocho).-
        3o.- Para obtener la renovación del beneficio fiscal, el titular deberá cumplir con los requisitos dispuestos por el Decreto No. 29.884 y la colocación de la cartelería, de acuerdo con lo establecido por el Art. 19 del Decreto No. 29.674 de 29/10/2001, reglamentado por Resolución No. 2763/10 de 24/06/2010 y su modificativa Resolución No. 4076/13 de 9/09/2013.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación a los interesados y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-