Resolución N° 2674/14
Nro de Expediente:
2240-007276-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
30/6/2014


Tema:
BONIFICACIONES

Resumen:
Se otorga a la empresa Teresa de Jesús Velázquez Tobal, RUT 215287210015, con domicilio en la calle Chile No. 3778, una bonificación del 60% en la Tasa de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario, correspondiente a la cuenta corriente 4022594, de acuerdo a lo establecido por el Art. 20 del Decreto No. 33.753 de 21/07/2011, reglamentado por la Resolución No. 73/12 de 2/01/2012.

Montevideo, 30 de Junio de 2014.-
 
        VISTO: la gestión de la empresa Teresa de Jesús Velázquez Tobal, RUT 215287210015, con domicilio en la calle Chile No. 3778 solicitando bonificación en la Tasa Bromatológica;
        RESULTANDO: 1o.) que la Comisión Asesora creada por el Art. 20 del Decreto No. 33.753 de 21/07/2011, reglamentado por la Resolución No. 73/12 de 2/01/2012, informa que examinada la documentación presentada por la gestionante, se concluye que se trata de una empresa que se encuentra comprendida en la causal (organizaciones sin fines de lucro que cumplan con tareas educativo-laborales) que compete a la referida reglamentación, por lo que se sugiere una bonificación del 60%;
        2o.) que la División Administración de Ingresos expresa que corresponde el dictado de la resolución que otorgue una bonificación del 60% en la Tasa de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario, correspondiente a la cuenta corriente 4022594, de acuerdo a lo informado por la Comisión Asesora;
        CONSIDERANDO: que el Decreto Nº 34.163 de 10/05/2012, otorgó a la Intendencia de Montevideo la anuencia para conceder las bonificaciones establecidas en el Art. 20 del Decreto No. 33.753 de 21/07/2011, de acuerdo a los parámetros y criterios establecidos en el Num. 2, Art. 6, de la Resolución No. 73/12 de 2/01/2012;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Otorgar a la empresa Teresa de Jesús Velázquez Tobal, RUT 215287210015, con domicilio en la calle Chile No. 3778, una bonificación del 60% (sesenta por ciento) en la Tasa de Contralor Bromatológico e Higiénico Sanitario, correspondiente a la cuenta corriente 4022594, de acuerdo a lo establecido por el Art. 20 del Decreto No. 33.753 de 21/07/2011, reglamentado por la Resolución No. 73/12 de 2/01/2012.-
        2o.- Comuníquese al Servicio de Regulación Alimentaria y pase al Servicio de Ingresos Comerciales.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-