Resolución N° 4181/14
Nro de Expediente:
4740-034204-14
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
22/9/2014


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar por extemporáneos a los recursos interpuestos por el Sr. Rafael Bartesaghi, contra las multas de tránsito que le fueron aplicadas el 17 de mayo de 2014.-

Montevideo, 22 de Setiembre de 2014.-
 
          VISTO: los recursos de revocación y apelación interpuestos por el Sr. Rafael Bartesaghi, C.I. 1.695.762-9, contra las multas de tránsito que le fueron aplicadas el 17 de mayo de 2014;
          RESULTANDO: 1o.) que el recurrente solicita se revoquen las multas que le fueron impuestas por negarse a hacer la prueba de espirometría ya que no se pudo realizar dicha prueba porque el aparato no funcionaba ni se tomó ninguna otra medida para sustituir la espirometría, manteniéndose las que refieren a falta de colocación del cinturón de seguridad y libreta de conducir;
          2o.) que la Unidad Asesoría de la División Asesoría Jurídica informa que desde el punto de vista formal los recursos fueron interpuestos extemporáneamente;
          3o.) que desde el punto de vista sustancial se expresa que el petitorio del recurrente de revocar las multas impuestas no resulta jurídicamente posible, toda vez que no existe aún resolución sancionatoria dictada, sino únicamente actos de procedimiento;
          4o.) que la constatación de aliento alcohólico en el conductor, la detención del vehículo sobre la vereda y las manifestaciones de haber consumido bebidas de tipo alcohólico, resultan todos indicios contestes acerca de la efectiva comisión de la infracción;
          5o.) que el Director (I) de la Unidad Asesoría propicia el dictado de resolución por la cual no se haga lugar a los recursos interpuestos por extemporáneos y dada la pretensión de revisión de las sanciones aplicadas, su comparecencia debe ser considerada como ejercicio del derecho de petición, aún en ese supuesto, la petición debe ser desestimada en todos sus términos;
          CONSIDERANDO: que el 8/9/14 el Director de la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su
          consideración;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar por extemporáneos a los recursos interpuestos por el Sr. Rafael Bartesaghi, C.I. 1.695.762-9, contra las multas de tránsito que le fueron aplicadas el 17 de mayo de 2014.-
          2. Pase al Servicio de Vigilancia para notificar al interesado y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-