Resolución N° 6311/04
Nro de Expediente:
1001-023638-04
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
23/12/2004


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por la Sra. Olga Laureiro, contra la Resolución No. 630/04/4000 de fecha 25 de junio de 2004, dictada por el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano.-

Montevideo, 23 de Diciembre de 2004.-
 
      VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la Sra. Olga Laureiro, contra la Resolución No. 630/04/4000 de fecha 25 de junio de 2004, dictada por el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano;
      RESULTANDO: que por la misma se modificó el literal c), numeral 1º de la Resolución Nº 303/04/4000 del 26/III/04, estableciéndose que se autoriza el trabajo fuera de la jornada diurna, en el establecimiento destinado a lavadero de vehículos, lubricación y ventas, sito con frente a la Avda. Luis Alberto de Herrera Nº 3063, siempre que no se constaten molestias al vecindario y que no se utilice maquinaria para lavado automático u otra actividad que origine vibraciones o ruidos fuera de los valores admisibles según la norma aplicable;
      CONSIDERANDO: 1º) que la recurrente se agravia, planteando argumentos de todo tipo: ruidos, humedades, deterioro de la salud, etc, todos ellos consecuencia del funcionamiento del lavadero,
      2º) que el Departamento Jurídico informa que resulta claro, de los informes de fs. 11 y 33 que en la medida que el lavado no se efectúe por medio de rodillos o cepillos, las herramientas utilizadas para el funcionamiento nocturno no producen ruido, es por ello que la modificación que se impugna condiciona el trabajo nocturno a que esos elementos no se utilicen, no habiéndose verificado que no se halla cumplido con lo establecido, por lo que propicia el mantenimiento de la Resolución recurrida, que se ajusta a derecho y debe confirmarse, no haciéndose lugar al recurso interpuesto;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE
      1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por la Sra. Olga Laureiro, contra la Resolución No. 630/04/4000 de fecha 25 de junio de 2004, dictada por el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
      2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona 4; cumplido, pase por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para notificación de la recurrente y a la División Espacios Públicos y Edificaciones, a los fines previstos a fs. 57.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-