Resolución N° 256/10/1000
Nro de Expediente:
3230-016306-10
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
23/6/2010


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Levantar la clausura dispuesta por Resolución No. 202/10/1000, de 25 de mayo de 2010, del local destinado a Panadería, ubicado en Canelones 1498, perteneciente al Sr. Alvaro Righetti, C.I. 1.709.864-0, RUT 21 5200680014.-

Montevideo, 23 de Junio de 2010.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 202/10/1000, de 25 de mayo de 2010, se dispuso clausurar el local destinado a Panadería, ubicado en Canelones 1498, perteneciente al Sr. Alvaro Righetti, C.I. 1.709.864-0, RUT 21 5200680014, por no haber dado cumplimiento a los requisitos solicitados;
        RESULTANDO: que el 22/6/10, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, habiendo presentado el interesado las tarjetas de trámite correspondientes, solicita el levantamiento de la clausura del referido local;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por el inciso b) del numeral 1º de la Resolución No. 3227/05, de 13/VII/05, ratificada por la No. 744/10, de 26/2/10, se delegó en el Secretario General, la facultad de autorizar la rehabilitación de locales cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por haberse constatado infracciones a la normativa que regula su actividad;
        2o.) que la
        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Levantar la clausura dispuesta por Resolución No. 202/10/1000, de 25 de mayo de 2010, del local destinado a Panadería, ubicado en Canelones 1498, perteneciente al Sr. Alvaro Righetti, C.I. 1.709.864-0, RUT 21 5200680014, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-


        2. Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, a la Junta Local de la Zona Nº 2, al Servicio Central de Inspección General (Unidad Clausuras), para la notificación correspondiente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2.-

DR. JORGE BASSO, Secretario General.-