Resolución N° 181/09/6000
Nro de Expediente:
6440-003344-08
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
4/11/2009


Tema:
VIGENCIAS

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242 "Plan Montevideo", la construcción de dos niveles más sobre la altura reglamentaria, retirados del plano de fachada de un edificio de vivienda colectiva a realizarse en el bien empadronado con el Nº 422339, ubicado con frente a la Rambla República de Chile Nº 4507 y Colombes Nº 1306/08.-

Montevideo, 4 de Noviembre de 2009.-
 
          VISTO: el presente trámite en consulta relacionado con la solicitud para construir un edificio de vivienda colectiva, en el bien empadronado con el Nº 422339, ubicado con frente a la Rambla República de Chile Nº 4507 y Colombes Nº 1306/08, en los límites del C.C.Z. Nº 7;
          RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 2400/09 de fecha 15 de junio de 2009, se solicitó la correspondiente anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, la que fue otorgada por el Decreto Nº 33096 de fecha 17 de setiembre de 2009;
          2º) que por Resolución Nº 4227/09 de fecha 5 de octubre de 2009, se promulgó el Decreto antedicho pasándose estas actuaciones al Departamento de Planificación;
          CONSIDERANDO: que por Resolución Nº3218/05 de fecha 13 de julio de 2005, se delegó en el Director General del Departamento de Planificación la facultad de dictar Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubieran promulgado por este Ejecutivo;
          EL DIRECTOR GENERAL DEL
          DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación cualificada) del Decreto Nº 28.242 "Plan Montevideo", la construcción de dos niveles más sobre la altura reglamentaria, retirados del plano de fachada de un edificio de vivienda colectiva a realizarse en el bien empadronado con el Nº 422339, ubicado con frente a la Rambla República de Chile Nº 4507 y Colombes Nº1306/08, en los límites del C.C.Z. Nº 7, según gráficos adjuntos al expediente Nº 6440-003344-08.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso de construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación, correspondiendo el pago del 10% de $ 48:811.000 (pesos uruguayos cuarenta y ocho millones ochocientos once mil), por mayor aprovechamiento, realizándose el mismo según las modalidades establecidas en la Resolución Nº 1066/07 del 26 de marzo de 2007 .-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano y de Descentralización; a la División Región Este; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 7, de Regulación Territorial y de Catastro y Avaluos; a las Unidades del Plan de Ordenamiento Territorial y del Patrimonio; a la Junta Local Nº 7 y pase a la División Planificación Territorial.-

Arq. SALVADOR SCHELOTTO, Director General del Departamento de Planificación.-