Resolución N° 3358/01
Nro de Expediente:
2200-000882-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
10/9/2001


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a esta Intendencia para exonerar al vehículo padrón No. 318.786, matrícula No. 226.281 del tributo de Patente de Rodados, por el período 1991 a 1992 inclusive.

Montevideo, 10 de Setiembre de 2001.-
 
        VISTO: la gestión del señor Eduardo Salvioli Appratto, en representación de SLUCKIS HNOS. S.A., titular del vehículo padrón No. 318.786, matrícula No. 226.281, solicitando exoneración del tributo de Patente de Rodados por el período 1989 a 1992 inclusive;
        RESULTANDO: que la gestionante expresa que dicho vehículo a causa de un siniestro y posterior hurto se encuentra sin circular y no se han retirado las chapas correspondientes, adjuntando a obrados: fotocopia de la libreta de propiedad del automotor, carta poder para actuar en representación de SLUCKIS HNOS. S.A., fotocopia autenticada del titulo de propiedad del automotor, testimonio de la denuncia por hurto de fecha 21/01/90, constancia de la Seccional 6a. de Sauce, Canelones, del recupero del vehículo, testimonio de la denuncia de accidente del vehículo de fecha 12/03/88, constancia del taller Marioni, constancia del arreglo de chapa en taller El Internacional de fecha 19/03/00 y declaración jurada con firmas autenticadas;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que de la documentación aportada a obrados se puede concluir que dicho vehículo circuló en el período 1989 - 1990 por las siguientes razones: fue hurtado en enero de 1990 y según constancia del taller de chapa estuvo allí durante el período 09/09/90 - 15/03/00, no resultando claro porque el arreglo del vehículo fue demorado por un período de 10 años, si tenía Póliza de Seguro, por lo tanto no caben dudas de que el vehículo circuló en los años 1989 - 1990;
        2o.) que continúa informando el referido Asesor que no resulta tan claro que el vehículo haya circulado en el período 1991 - 1992, pero en este caso la normativa aplicable (Decreto No. 25.003) no prevé la hipótesis de autos como causal de exoneración por lo que no existe en el ordenamiento jurídico norma que ampare la exoneración solicitada, siendo necesaria, si la Superioridad lo considera oportuno, la anuencia del Organo Legislativo Comunal;
        3o.) que la División Administración Fiscal entiende que corresponde redactar proyecto de decreto, a remitir a la Junta Departamental de Montevideo, solicitando la exoneración del tributo de patente de rodados del referido vehículo, por el período 1991 a 1992 inclusive;
        4o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros comparte el informe precedente;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
          Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar al vehículo padrón No. 318.786, matrícula No. 226.281 del tributo de Patente de Rodados, por el período 1991 a 1992 inclusive.-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-