Resolución N° 105/03/1000
Nro de Expediente:
1002-009384-03
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
24/7/2003


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se modifica la Cláusula Tercera: Obligaciones de las Partes, del Convenio aprobado por Resolución No. 93/03/1000, de 24/6/03, entre esta Intendencia Municipal y la señora Beatriz Flores Silva, relacionado con un trabajo de investigación escrita acerca del desarrollo del cine nacional en los últimos diez años.-

Montevideo, 24 de Julio de 2003.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Convenio suscrito el 24/6/03, entre esta Intendencia Municipal y la señora Beatriz Flores Silva, aprobado por Resoluciones Nos. 91/03/1000 y su modificativa No. 98/03/1000, de 24 de junio y 4 de julio de 2003, respectivamente, relacionado con un trabajo de investigación escrita acerca del desarrollo del cine nacional en los últimos diez años;
        RESULTANDO: que en la Cláusula Tercera, Obligaciones de las Partes, numeral II), del referido documento, se estableció que esta Administración se compromete a pagar a la señora Beatriz Flores silva la suma de $ 20.000,oo, la que se hará efectiva a la firma del instrumento de que se trata;
        CONSIDERANDO: que procede modificar la citada Cláusula Tercera, estableciendo que la suma que se indica, es líquida y no comprende el I.R.P.;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Modificar la Cláusula Tercera del Convenio aprobado por Resolución No. 91/03/1000, de 24 de junio de 2003 y su modificativa No. 98/03/1000, de 4 de julio de 2003, la que quedará redactada de la siguiente forma: "TERCERO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES: I) La señora Beatriz Flores Silva se compromete a entregar la investigación en un plazo de 30 (treinta) días a partir de la celebración del presente convenio, de acuerdo al Informe de Avance que presentará en dicha oportunidad. II) Por su parte, la Intendencia Municipal de Montevideo se compromete a pagar a la señora Beatriz Flores Silva, la suma líquida de $ 20.000,oo (PESOS URUGUAYOS VEINTE MIL), que no comprende el I.R.P. y que se hará efectiva a la firma del instrumento de que se trata".-
        2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, al Servicio de Relaciones Públicas, a la Unidad de Gestión Presupuestal de Secretaría General, a la Unidad de Convenios y pase a la Contaduría General a sus efectos.-

DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-