Resolución N° 167/05/1000
Nro de Expediente:
5220-018446-05
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
10/8/2005


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 12,2437 a la Sra. Esther López, responsable del local Bar 1515, sito en la calle 25 de Mayo 651.-

Montevideo, 10 de Agosto de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General relacionadas con el local del Bar 1515, sito en la calle 25 de Mayo 651, cuyo responsable es la Sra. Esther López, C.I. 1.248.857-1, RUC 21 502128 0011, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada el día 31/07/05 siendo la hora 3.00 se comprobó, según Acta No. 12807, ruidos molestos, ya que la medición realizada registró valores de 105 a 108 dbls. (puerta abierta), transgrediendo lo dispuesto por el Art. D. 2.808 incisos 7a y 7b del Volumen XIII "De los Espectáculos Públicos" del Digesto Municipal y el Art. 8o. Ap. A) inc. 32 del Decreto No. 21.626, de fecha 23/IV/84;
        2o.) que por la infracción comprobada corresponde aplicar una multa de U.R. 12,2437, por tratarse de la primera reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución No. 3222/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la
        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de U.R. 12,2437 (Unidades Reajustables doce con 2437/10.000) a la Sra. Esther López, C.I. 1.248.857-1, RUC. 21.502128 0011, responsable del local del Bar 1515, sito en la calle 25 de Mayo 651, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Cobro de Morosos, a los efectos de gestionar el cobro.-
        3. Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes, y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-