Resolución N° 8/08
Nro de Expediente:
4100-000879-07
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
2/1/2008


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto de las sumas de $ 417.780,oo y $ 100.000,oo, a favor de la Federación de Cooperativas de Producción del Uruguay.-

Montevideo, 2 de Enero de 2008.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 4616/07, de 19 de noviembre de 2007, se dispuso prorrogar por el término de 12 meses el convenio aprobado por Resolución Nº 3380/06, de 5 de setiembre de 2006, entre esta Intendencia Municipal y la Federación de Cooperativas de Producción del Uruguay, con el objetivo de capacitar a nuevos grupos para la formación de "Cuidaparques";
        RESULTANDO: 1º) que el 30 de noviembre ppdo., la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República, observó el gasto de $ 417.780,oo, por el artículo 211º, inciso B) de la Constitución de la República, por principio de ejecución y la Solicitud Nº 103443, por $ 100.000,oo, por haberse imputado en contravención de lo dispuesto en el artículo 15º del T.O.C.A.F. (DEFICIT);
        2º) que el 17 de diciembre ppdo., la Coordinadora de Gestión de Parques, informa que la solicitud se fundamente en lo beneficioso del convenio en la experiencia anterior, destacando que no se ha puesto en funcionamiento al no haber sido todavía aprobada la prórroga como corresponde;
        CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211º, inciso B) de la Constitución de la República y 97º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Reiterar el gasto de las sumas de $ 417.780,oo (PESOS URUGUAYOS CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA) y $ 100.000 (PESOS URUGUAYOS CIEN MIL), a favor de la Federación de Cooperativas de Producción del Uruguay.-
        2. Advertir al Director General del Departamento a cargo de la tramitación de las presentes actuaciones, que deberá adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en principio de ejecución, observando estrictamente lo dispuesto en el artículo 211º, inciso B) de la Constitución de la República.-
        3. La imputación realizada para atender el gasto de que se trata fue autorizada por la Unidad Central de Presupuesto, habiéndose adoptado las medidas necesarias para mantener el equilibrio presupuestal, en virtud de lo cual se dispone la reiteración del gasto.-
        4. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Acondicionamiento Urbano y pase a la Contaduría General.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-