Resolución N° 2851/15
Nro de Expediente:
4740-000596-15
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
22/6/2015


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Federico Bruschi contra la Resolución No. 2836/14 de 5 de diciembre de 2014 dictada por el Servicio de Vigilancia.-

Montevideo, 22 de Junio de 2015.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por el Sr. Federico Bruschi contra la Resolución No. 2836/14 de 5 de diciembre de 2014, dictada por el Servicio de Vigilancia, que dispuso no hacer lugar a la petición presentada ante la Comisión Asesora de Apelaciones de Multas;
          RESULTANDO: 1o.) que el recurrente señala que el resultado de la espirometría practicada no es correcto ya que se realizó posteriormente en el Hospital Británico un examen en sangre que arrojó 0,14 gramos de alcohol por litro de sangre, un valor sensiblemente menor al de la prueba realizada por funcionarios de la Intendencia;
          2o.) que la Unidad Asesoría expresa que desde el punto de vista formal los recursos fueron interpuestos dentro del plazo previsto y cumplen con los requisitos adjetivos salvo en lo relativo a la firma del Sr. Federico Bruschi, quien no suscribió el escrito respectivo;
          3o.) que desde el punto de vista sustancial se indica que el recurrente presenta un documento de análisis de sangre realizado en All Quimia Ltda. donde no consta la hora de extracción de la muestra la que se habría realizado en el Hospital Británico a las 3:19, es decir, una hora y quince minutos después de la prueba practicada por los funcionarios y en ese lapso el nivel de alcohol en sangre desciende;
          4o.) que el mencionado examen arrojó un resultado de 0,14 g/l de sangre por lo que, de acuerdo al tiempo transcurrido entre ambas pruebas, existe una fuerte presunción de que al momento de constatarse la infracción el recurrente detentara un nivel de alcohol en sangre superior al permitido;
          5o.) que la Unidad Asesoría sugiere propiciar el dictado de resolución por la cual no se haga lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto;
          CONSIDERANDO: que el 4/6/15 la División Asesoría Jurídica remite las actuaciones para su consideración;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el Sr. Federico Bruschi, C.I. 3.829.033-2 contra la Resolución No. 2836/14 de 5 de diciembre de 2014 dictada por el Servicio de Vigilancia.-
          2. Pase al Servicio de Vigilancia para notificar al interesado y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-