Resolución N° 801/00/3000
Nro de Expediente:
9594-015950-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
14/6/2000


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Clausurar el establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Cochabamba No. 3319, propiedad de la firma CRISMARI S.R.L., cuya representante legal es la Sra. María Cristina Montañez Perazzo.-

Montevideo, 14 de Junio de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Cochabamba No. 3319, propiedad de la firma Crismari S.R.L., R.U.C., 21.4142910018, cuya representante legal es la Sra. María Cristina Montañez Perazzo, C.I. 1.218.625-4;
        RESULTANDO: 1o) que el Servicio de Regulación Alimentaria estima que las condiciones comprobadas en las inspecciones realizadas inhabilitan al citado local para seguir funcionado, por lo que correspondería clausurar el mismo;
        2o) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 584/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Clausurar el establecimiento destinado a panadería, sito en la calle Cochabamba No. 3319, propiedad de la firma Crismari S.R.L., R.U.C. 21.4142910018, cuya representante legal es la Sra. María Cristina Monteñez Perazzo, C.I. 1.218.625-4, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2. Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará a la interesada que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar en el Servicio de Regulación Alimentaria la reapertura de su comercio, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3. Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo; Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausura) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-