Resolución N° 2249/09
Nro de Expediente:
3240-016472-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/6/2009


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 65,3004 U.R. a la Sra. María de los Angeles Brusco Fontana, C.I. Nº 2:648.044-6, por obras sin permiso en el inmueble de su propiedad empadronado con el N° 169.708, sito en la calle Defensa Nos. 2227/2229/2231.-

Montevideo, 8 de Junio de 2009.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones realizadas sin el correspondiente permiso municipal en el inmueble empadronado con el N° 169.708, sito en la calle Defensa Nos. 2227/2229/2231, propiedad de la Sra. María de los Angeles Brusco Fontana, C.I. Nº 2:648.044-6;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que fue notificado con fechas 26/XI/08 y 7/IV/09, por lo que corresponde aplicar una multa de 65,3004 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 4, Art. 15 del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que en aplicación a lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, corresponde que las multas hasta 70 U.R. sean aplicadas por este Ejecutivo Comunal;
        LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 65,3004 U.R. (sesenta y cinco unidades reajustables con tres mil cuatro diezmilésimas) a la Sra. María de los Angeles Brusco Fontana, C.I. Nº 2:648.044-6, propietaria del inmueble empadronado con el N° 169.708, sito en la calle Defensa Nos. 2227/2229/2231, con domicilio en la calle Nicaragua N° 2006, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá a Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-