Resolución N° 4965/99
Nro de Expediente:
3020-000309-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
27/12/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba texto de convenio a firmarse con el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, para continuar tareas de mantenimiento y vigilancia de la Peatonal Sarandí.-

Montevideo, 27 de Diciembre de 1999.-
 
      VISTO: que la División Administraciones Locales eleva estas actuaciones tendientes a la firma de un convenio con el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados;
      RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se persigue la continuación de las tareas de mantenimiento y vigilancia de la Peatonal Sarandí por intermedio de la organización de sus asistidos;
      2o.) que asimismo se colaborará con la obra social que realiza el Patronato para brindar fuentes de trabajo y formación por medio del hábito del trabajo personal y comunitario;
      3o.) que la División Administraciones Locales expresa que el gasto emergente se encuentra previsto en el presupuesto del año 2000;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el presente convenio que ya cuenta con varios años de ejecución ha sido cumplido satisfactoriamente por el Patronato;
      2o.) que asimismo se expresa que tanto el seguimiento realizado sobre la propuesta pedagógica realizada por la Institución, como las distintas instancias de evaluación han dado resultados altamente positivos que abonan la posición de continuar con la tarea encomendada, introduciendo algunas modificaciones que redundarán en beneficio de los asistidos y en el cumplimiento de la tarea;
      3o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el art. 280o. de la Constitución de la República;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar el texto de un convenio a firmarse con el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, en los siguientes términos: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los.....días del mes de........del año......, por una parte, la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por..............., con domicilio en esta ciudad en la Av. 18 de Julio No. 1360, y por otra parte, el Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, en adelante el Patronato, representado por ................................, con domicilio en esta ciudad en la calle 25 de Mayo No. 664, convienen celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes: El Patronato se encarga de orientar a los liberados y sus familias y a las familias de los detenidos para que encuentren solución a las problemáticas en que se hallan y es únicamente proporcionando al liberado la posibilidad de ingresar a un proceso educativo-laboral seguro, con lo que se puede evitar la reincidencia.- SEGUNDO: Objeto: El objeto del presente convenio es colaborar con la obra social que realiza el Patronato, a través de la organización de sus asistidos para obtener fuentes de trabajo y formación por medio del hábito del trabajo personal y comunitario, a condición de que al mismo tiempo se obtengan beneficios para la comunidad por medio del cumplimiento de tareas programadas. En este sentido la Intendencia viene realizando diferentes convenios con el Patronato, teniendo al trabajo como instrumento fundamental para evitar la reincidencia en el cometimiento de nuevos delitos por parte de sus asistidos.- TERCERO: Aporte de la Institución: A los efectos referidos, el Patronato seleccionará seis educandos e igual número de suplentes que realizarán la experiencia educativo-laboral para la función de mantenimiento y vigilancia de la Peatonal Sarandí. Además, eventualmente, podrán integrar cuadrillas para realizar tareas polifuncionales tales como; limpieza y barrido, desobstrucción de bocas de tormenta, acondicionamiento, pintura y traslado de materiales, así como cualquier otra tarea que se solicite desde el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, dependiente de la División Administraciones Locales. Los mismos cumplirán tareas de lunes a sábados en régimen de seis horas diarias, en dos turnos. Las inasistencias serán registradas por el referente del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, dependiente de la División Administraciones Locales, quien las comunicará mensualmente en forma escrita a la Unidad de Convenios dependiente de la División Promoción Social, las que deberán ser repuestas en el mes inmediato posterior a su registro. Dichas inasistencias serán objeto de análisis como parte del proceso educativo implementado por el Patronato. El mismo podrá hacer cambios en el personal, en función del asesoramiento del Equipo Técnico del Patronato y previo acuerdo entre el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 y la Unidad de Convenios.- CUARTO: Aporte de la Intendencia: La Intendencia transferirá al Patronato, por concepto de donación modal, la suma de $ 217.940 (pesos uruguayos doscientos diecisiete mil novecientos cuarenta que se pagará de la siguiente manera: $ 8.000 (pesos uruguayos ocho mil) a la firma del convenio para la adquisición de vestimenta, y cinco cuotas mensuales iguales y consecutivas de $ 41.988 (pesos uruguayos cuarenta y un mil novecientos ochenta y ocho) que comenzarán a hacerse efectivas a partir de la firma del convenio y se reajustarán en forma semestral de acuerdo a la variación del Indice de Precios al Consumo.- QUINTO: Seguimiento y evaluación: A los efectos de cumplir con la evaluación y seguimiento de la tarea educativa, los técnicos de la Unidad de Convenios de la División Promoción Social y el Director del Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, evaluarán en conjunto con el Patronato el desempeño de los educandos en la tarea, como insumo para la evaluación del proceso educativo de la experiencia laboral. Por su parte el Patronato deberá presentar informes de evaluación ante la Unidad de Convenios, con quien se evaluará el proceso educativo implementado por el Patronato.- SEXTO: Rendición de cuentas: El Patronato deberá rendir cuentas mensualmente ante la Intendencia de la utilización de los fondos transferidos. La Intendencia se reserva el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en este convenio.- SEPTIMO: Plazo: El presente convenio tendrá una duración de cinco meses a partir de su firma.- OCTAVO: Accidentes de trabajo: En el caso de que los educandos sufriesen cualquier accidente con motivo del cumplimiento de su trabajo, la responsabilidad será del Patronato.- NOVENO: Incumplimiento: El incumplimiento de lo acordado entre las partes habilitará la rescisión inmediata del presente convenio.- Para constancia y en señal de conformidad la partes firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Delegar en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de firmar el convenio cuyo texto por el numeral anterior se aprueba.-
      3.- Establecer que el gasto emergente se encuentra previsto en el presupuesto del año 2000.-
      4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Administraciones Locales, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 1, de Relaciones Públicas y Comunicaciones, de Contabilidad General, a la Unidad de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Descentralización y pase a la Unidad de Convenios.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-