Resolución N° 151/22/5400
Nro de Expediente:
2022-1001-98-000638
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
9/6/2022


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la Cesión de Créditos de la empresa ZIKNOR SA, a favor de BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU), según contrato de Cesión de Créditos de fecha 28 de abril de 2022, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de la Licitación Pública N° 388472/2, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental.-

Montevideo, 9 de Junio de 2022.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa ZIKNOR SA, RUT 216913830010;
          RESULTANDO: 1o.) que se comunica que la citada empresa otorgó Cesión de Créditos a favor de BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU), RUT 210465260012, según contrato de Cesión de Créditos de fecha 28 de abril de 2022, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de la Licitación Pública N° 388472/2;
          2o.) que el Servicio de Escribanía eleva las presentes actuaciones a efectos de dictar resolución aceptando y notificándose de la cesión motivo de obrados, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental;
          3o.) que la División Asesoría Jurídica expresa su conformidad a lo solicitado;
          CONSIDERANDO: las facultades delegadas por las Resoluciones Nos. 4241/20 de 01/12/2020 y 571/20/1000 de 04/12/2020;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Aprobar la Cesión de Créditos de la empresa ZIKNOR SA, RUT 216913830010, a favor de BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU), RUT 210465260012, según contrato de Cesión de Créditos de fecha 28 de abril de 2022, con firmas certificadas en la misma fecha, respecto de los créditos derivados de la Licitación Pública N° 388472/2, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.991, numerales 44.2 y 44.3 del Vol. VIII del Digesto Departamental.-
          2.- La notificación y aceptación de la cesión por la Intendencia no supone pronunciamiento de ésta sobre la existencia del crédito cedido, sino que en caso de corresponder su pago, será efectuado a la cesionaria y no a la cedente.-
          3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y previa notificación a los interesados, pase a la Contaduría General a sus efectos.-

DR. ALVARO RICHINO, Director (I) de la División Asesoría Jurídica.-