Resolución N° 68/04/3000
Nro de Expediente:
5220-001947-04
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
28/1/2004


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Clausurar por el término de noventa y seis horas el establecimiento destinado a panadería, sito en la calle León Pérez No. 4099, propiedad de la empresa PANADERIA SAN BERNARDO S.R.L., R.U.C. 211198180010, cuyo representante legal es el Sr. Osvaldo Manuel Martínez Lerena, C.I. 3.175.818-1, con igual domicilio a los efectos legales, por violación de clausura.-

Montevideo, 28 de Enero de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a panadería, sito en la calle León Pérez No. 4099, propiedad de la empresa PANADERIA SAN BERNARDO S.R.L., R.U.C. 211198180010, cuyo representante legal es el Sr. Osvaldo Manuel Martínez Lerena, C.I. 3.175.818-1, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 53/04/3000, de fecha 23/I/04, se dispuso clausurar el mencionado establecimiento por el término de 48 (cuarenta y ocho) horas y aplicar una multa de U.R. 54 (Unidades Reajustables cincuenta y cuatro), por constatarse la utilización de aditivo no autorizado en muestra del producto pan flauta (Bromato);
        2o.) que el Servicio Central de Inspección General con fecha 26/I/04, eleva actuaciones informando que en inspección realizada en el mismo el día 25/I/04, mediante Orden de Servicio No. 345690, se constató que se estaba violando la clausura dispuesta, apreciándose la presencia de varias personas trabajando en la cuadra como asimismo olor a pan y salida de humo de uno de sus hornos, negándose a abrir la puerta, identificándose a una de ellas como el responsable de la empresa, por lo que sugiere el dictado de resolución disponiendo una nueva clausura del referido establecimiento;
        3o.) que la División Salud y Programas Sociales estima pertinente dictar resolución, disponiendo la clausura del referido establecimiento por el término de 96 ( noventa y seis) horas;
        CONSIDERANDO: que por Resoluciones Nros. 2478/00 y 2469/00 literal F) del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55 e impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran razones urgentes de salubridad debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Clausurar por el término de 96 (noventa y seis) horas el establecimiento destinado a panadería, sito en la calle León Pérez No. 4099, propiedad de la empresa PANADERIA SAN BERNARDO S.R.L., R.U.C. 211198180010, cuyo representante legal es el Sr. Osvaldo Manuel Martínez Lerena, C.I. 3.175.818-1, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo; Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria.-

DR. JORGE BASSO, Director General (I) del Departamento de Descentralización.-