Resolución N° 130/01/8000
Nro de Expediente:
4201-002478-01
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
16/3/2001


Tema:
ARRENDAMIENTOS DE SALAS

Resumen:
Arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo" a Belgrano Rock el día 2/IV/2001.-

Montevideo, 16 de Marzo de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la nota presentada por la firma Belgrano Rock, en la que solicita el arrendamiento del Teatro de Verano "Ramón Collazo", para el día 2/IV/2001, con posibilidades de arrendar el 3/IV/2001 si tuviera que suspenderse el día solicitado;
        RESULTANDO: 1o.) que motiva dicho pedido, la realización de un espectáculo musical con la presencia del cantante Mark Knopfler, actuando como soporte un grupo uruguayo;
        2o.) que el Servicio de Turismo y Eventos, manifiesta que el arrendamiento de que se trata, asciende a la suma de 120 UR, según lo establecido por Res. No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98, Capítulo III, Art. 13o., Inciso II, literal b);
        3o.) que asimismo se informa que el peticionante abonó el 10 % (diez por ciento) del precio total de arrendamiento, según consta en recibo de la Tesorería Municipal adjunto a fs. 5 de estas actuaciones, por la suma de $ 2.445,oo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución No. 2.471/00 de fecha 17/VII/00 el Intendente Municipal Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Cultura, la facultad - entre otras - de arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo" y fijar el precio y condiciones de arriendo y las garantías que deban constituirse, con comunicación inmediata al Sr. Intendente Municipal;

        2o.) que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede proveer de conformidad, arrendando el Teatro de referencia;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:

        1.- Arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo", a la firma Belgrano Rock, para el día 2/IV/2001 para la realización de un espectáculo musical con la actuación del cantante Mark Knopfler, contando con la presencia de un grupo uruguayo como soporte.-
        2.- Fijar el precio del alquiler en 120 UR (ciento veinte Unidades Reajustables), según lo estipulado en la Resolución No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98, Capítulo III, Art. 13o., Inciso II, literal b), para los espectáculos con fines comerciales donde participen artistas nacionales o de interés cultural y público.-
        3.- Establecer que se abonó la suma de $ 2.445,oo (pesos uruguayos dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco) correspondiente al 10 % (diez por ciento) del precio total de arrendamiento, según consta en recibo de la Tesorería Municipal adjunto a fs. 5 de estas actuaciones.-
        4.- Establecer que se fija el día 3/IV/2001 para la realización del evento en caso de suspenderse el mismo el día otorgado en el numeral 1o. del presente acto administrativo.-
        5.- Disponer que se deberá exigir la acreditación del pago o afianzamiento de los porcentajes impositivos, establecidos en la Ley No. 16.624 del 10/XI/94 y su Decreto Reglamentario de fecha 12/IX/96, a todo solicitante de autorización para la realización de espectáculos comprendidos en el Art. 7o. de la citada Ley.-
        6.- Disponer que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la reglamentación aprobada por la mencionada Resolución No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98 referente a las condiciones de usufructo del referido Teatro.-
        7.- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Turismo y Recreación, al Servicio de Prensa y Comunicación, a la Unidad Festejos y Espectáculos y pase al Servicio de Turismo y Eventos para la notificación al peticionante.-

Dr. Gonzalo Carámbula, Director General del Departamento de Cultura.-