Resolución N° 489/06/5000
Nro de Expediente:
3111-001593-06
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
12/10/2006


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se concede, a partir del 11 de setiembre y hasta el 30 de noviembre de 2006, licencia extraordinaria sin goce de sueldo, al funcionario Sr. Germán Cabrera.-

Montevideo, 12 de Octubre de 2006.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, promovidas por el funcionario Sr. Germán Cabrera, quien se desempeña en el Servicio de Guardavidas;
        RESULTANDO: 1o.) que en las mismas solicita se le conceda licencia extraordinaria, sin goce de sueldo, por el periodo comprendido entre el 11 de setiembre y el 30 de noviembre de 2006;
        2o.) que el Departamento de Cultura, la División Artes y Ciencias, y el Servicio de Guardavidas, se manifiestan de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución, autorizando la licencia extraordinaria sin goce de sueldo solicitada;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
        RESUELVE:
        1o.- Conceder, a partir del 11 de setiembre y hasta el 30 de noviembre de 2006, licencia extraordinaria sin goce de sueldo, al funcionario Sr. Germán Cabrera, C.I. Nº 3.696.480.-
        2o.- Autorizar al titular a que, en caso de ser necesario, se reintegre sin más trámite antes del vencimiento de la licencia concedida, bastando para ello su presentación ante el Servicio de Guardavidas, mediante un acta, expresando su voluntad de interrumpir dicha licencia.-
        3o.- Tanto en este caso, como en aquella circunstancia en que se produjera el vencimiento definitivo de la licencia extraordinaria concedida al titular, la Dirección del Servicio de Guardavidas deberá comunicar de inmediato al Servicio de Administración de Recursos Humanos, Unidad Información de Personal, la fecha del reintegro efectivo del titular a fin de que el mismo sea puesto en situación de ACTIVO APTO AL COBRO en el S.R.H. y la habilitación de los relojes para el registro de asistencia. La omisión de tal comunicación será considerada falta pasible de sanción.-
        4o.- Comuníquese al Departamento de Cultura; a la División Artes y Ciencias; a la Unidad Información de Personal; a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos, de Liquidación de Haberes y de Guardavidas; y pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General, para notificación al interesado y de Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-

Sra. Miriam RODRIGUEZ, Directora General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales.-